Absuelven a la Nación por secuestro de la excongresista Consuelo González de Perdomo
El 10 de julio del 2001 ella le solicitó a la Policía Nacional que se le asignara un esquema de protección, previo estudio de seguridad.
22 de enero de 2024En las últimas horas el Consejo de Estado determinó que la Nación no fue responsable del daño originado por el secuestro de las Farc a Consuelo González de Perdomo.
“No puede considerarse que existe una omisión de protección cuando la persona (que) lo alega conoce el riesgo propio de su cargo y la forma en que debe obrar para mitigarlo, no obstante, lo cual, no cumple con las medidas para hacerlo”, aseveró el Consejo de Estado.
Según la demanda de González de Perdomo, el 10 de julio del 2001 ella le solicitó a la Policía Nacional que se le asignara un esquema de protección, previo estudio de seguridad. Sin que el requerimiento fuera contestado y tras el secuestro del congresista Orlando Beltrán y las amenazas a otros políticos del Huila, la demandante (la excongresista) fue secuestrada por la columna Teófilo Forero de las Farc.
El hecho se produjo el 10 de septiembre del 2001 y estuvo en poder de esa guerrilla por siete años.
Esta situación llevó a que González de Perdomo interpusiera una demanda de reparación directa contra la Nación. Si bien el Tribunal Administrativo del Huila concedió las pretensiones en primera instancia, por considerar que las autoridades fueron omisivas en su deber de proteger a la víctima e incidir en el resultado dañoso, la decisión fue apelada, con el propósito de que el Consejo de Estado exonerara a la demandada.
Fue así como la Sección Tercera de la máxima instancia contenciosa revocó el fallo. Estableció que no se probó que la autoridad hubiera omitido el deber jurídico de protección que fue invocado, porque fueron omisiones de la propia víctima las que influyeron en la materialización del riesgo. En su fallo, dice que la sala encontró que la Policía Nacional había señalado que, mientras determinaba la condición de riesgo a la cual se enfrentaba la excongresista, era necesario que le informara sobre cada uno de sus desplazamientos.
Es así como no se probó que la excongresista hubiera alertado a las autoridades sobre el riesgo iba a asumir con el desplazamiento que efectuó el día de su secuestro.
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