Se formula pliego de cargos a exsuperintendente Delegada para supervisión institucional de Supersalud
Algunas IPS habrían tomado la decisión de pagarle a Carrascal Cantillo por sus servicios según investigaciones
03 de enero de 2020La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a la exsuperintendente Delegada para la Supervisión Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud, Eva Katherine Carrascal Cantillo, por presuntos actos de corrupción al recibir más de $1.440 millones, representados en la adquisición de un apartamento, a cambio de agilizar trámites en la entidad, y por supuesto incremento patrimonial injustificado en más de $140 millones.
El órgano de control reprochó a la investigada, quien se desempeñó en el cargo entre el 7 de abril de 2015 y el 23 de enero de 2018, porque habría recibido dinero, utilidad y promesa remuneratoria por parte de Empresas e Instituciones Prestadoras de Salud, así como de otros terceros a cambio de que se agilizaran trámites para los pagos de cuentas médicas de las IPS que prestaban sus servicios a EPS, comportamiento con el que pudo realizar la conducta tipificada en el Código Penal como cohecho impropio.
Según el material probatorio con el que cuenta el órgano de control, algunas IPS tomaron la decisión de pagarle a Carrascal Cantillo por sus servicios, y para ese propósito, se unieron Aser Salud, Clinical Corporation y G3 y al parecer adquirieron un apartamento en el condominio Bosque Residencial La Resera en Bogotá, por valor de $1.440 millones.
En el segundo cargo, la Procuraduría cuestionó un supuesto incremento injustificado del patrimonio de la exfuncionaria en $145.391.060, dinero que al parecer no guarda relación con los ingresos percibidos por concepto de salarios como servidora pública.
Para la Procuraduría, la exsuperintendente Delegada tenía como función principal la inspección y vigilancia de las entidades pertenecientes al sistema de salud nacional y territorial, y estaba llamada a dar ejemplo de rectitud, lealtad, honestidad y trasparencia en su actuar, más aún cuando el derecho a la salud, como derecho social, gravita en torno a la dignidad humana y demanda la máxima probidad de las autoridades, en razón de los recursos y derechos involucrados.
El órgano de control calificó provisionalmente las presuntas faltas de la investigada como gravísimas a título de dolo, dado que al parecer condujo su proceder a la obtención de dineros y prebendas de manera voluntaria y consciente, queriendo el resultado obtenido.
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