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Judicial

Condenan a integrante del Esmad por muerte de un menor de edad en marchas de 2005

El proceso penal revivió luego de que la Corte Suprema tumbara el preacuerdo de Rodríguez con la Fiscalía General de la Nación

25 de enero de 2021

Juan Francisco Campuzano Vélez


Colprensa
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El juez 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá condenó a Néstor Julio Rodríguez Rúa, el patrullero del Esmad que perpetró el homicidio de Nicolás Neira durante las marchas del Día Internacional del Trabajo en 2005.

Según informó La FM, la mañana de este lunes, el juez declaró culpable del delito de homicidio, a título de dolo, al agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios, por haber disparado una bala de gas lacrimógeno en contra de un grupo de manifestantes que se trasladaban hacia la plaza de Bolívar, en el centro de Bogotá. Dicha bala golpeó la cabeza del joven, quien falleció horas después del suceso.

Luego de 16 años del asesinato de Nicolás Neira en el centro de Bogotá, se dictó la primera sentencia condenatoria contra un integrante del Esmad por casos de homicidio. Germán Romero, abogado de las víctimas, pidió recordar que el Escuadrón Antidisturbios tiene un récord de más de 40 homicidios desde que fue creado.

"Lamentablemente la justicia, hasta el día de hoy, no había hecho la tarea de poder esclarecer, no solamente lo que ocurrió, sino identificar a los responsables directos y también las líneas de mando que han actuado en estos casos”, dijo Romero.

También manifestó que durante muchos años, “el caso estuvo de fiscalía en fiscalía, cambiando de investigadores sin muchos avances, en gran parte porque los superiores de Rodrigúez Ruda, Fabián Mauricio Infante Pinzón (formador del Esmad) y el mayor (r) Julio César Torrijos, hicieron todo un entramado para ocultar este hecho, que todos los patrulleros de los escuadrones del Esmad, dijeran lo mismo para ocultar la responsabilidad”.

Resulta que Rodríguez Rúa tenía un preacuerdo con la Fiscalía General, donde su caso se degradaba a homicidio culposo, y se le imponía una pena irrisoria, además se desconocería cualquier tipo de reconocimiento del hecho. Pero en 2019, la defensa de Neira consiguió una sentencia de la Corte Suprema de Justicia donde se echaba para atrás ese acuerdo, pues ese tipo de acuerdos no son válidos cuando la víctima es un menor de edad.

La pandemia permitió avances significativos en el proceso. Según el abogado Romero, “en el año 2020 tuvimos un juicio en el que asistieron las personas que auxiliaron a Nicolás Neira, en el centro de Bogotá, quienes se enfrentaron a la Policía y al Esmad para que les permitiera llevarlo a un centro asistencial. Recordemos que la Policía se negó a prestarle los primeros auxilios y trasladarlo de forma inmediata a un centro asistencial y también estuvieron algunos pocos policías muy valientes que dieron cuenta de lo ocurrido ese día, además de la estrategia de ocultamiento que se dio”, apuntó.

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