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Legislación

Conozca el marco jurídico para evitar “regalos” empresariales no deseados

Según encuesta empresarial, 21% perdieron negocios por no realizar sobornos

08 de diciembre de 2018

José David Castilla


Canal de noticias de Asuntos Legales

Aunque pueda sonar desinteresado, ofrecer una donación monetaria o en especie es una de las principales modalidades que utilizan empresas y grupos corporativos para proteger sus flujos de caja en casos de corrupción. Esta práctica no se encuentra penalizada por la ley en muchos escenarios, pero realizar un contrato de donación no es algo que deba ser mirado tan a la ligera como regalar dinero.

La reiteración de conductas corruptas en Colombia ha obligado al ordenamiento jurídico a blindarse frente a esta clase de conductas. Los delitos contra la administración pública, el estatuto anticorrupción y la ley 1774 son enfáticos en que no se pueden ofrecer regalos o donaciones para asegurar un contrato. Ni antes de adjudicarlo, ni durante el proceso de contratación, ni cuando este fue entregado. Dependiendo del actor que genere la conducta, esto se enmarca en varios tipos penales definidos por la ley.

El problema se genera con la contaminación del ambiente empresarial mediante conductas inapropiadas. Según la más reciente encuesta de Crimen Económico 2018 de la firma PwC, 21% de los empresarios entrevistados dijeron que perdieron procesos de contratación por no ofrecer regalos o coimas.

Mónica Jiménez, socia local de PwC, dijo que “la mitigación del riesgo de fraude debe estar en la agenda de la alta dirección, cada vez más se reclama su participación, conocimiento y responsabilidad”.

LOS CONTRASTES

  • Mónica Jiménez Socia local de la firma Pwc

    “La mitigación del riesgo de fraude debe estar en la agenda de la alta dirección, pues cada vez más se reclama su participación, conocimiento, respuesta e inclusive responsabilidad, en cada eventos”.

  • Andrés Hernández Director de Transparencia por Colombia

    “En la esfera privada pareciera que la corrupción es una forma común de hacer negocios. En este sector existe un porcentaje muy alto de empresarios que ven al soborno como una herramienta para trabajar”.

Otro estudio concluyente sobre la contaminación en el ambiente comercial fue presentado por Transparencia por Colombia. Andrés Hernández, director de la entidad dijo que “98% de los empresarios encuestados afirman haber presenciado actos de corrupción”.

De allí surge la necesidad e implementar programas de compliance empresarial y gubernamental. Eliana María Gil Linero, socia de Brigard Urrutia, cree que las empresas deben “gestionar sus riesgos de Compliance, es una práctica usual que las compañías establezcan mediante políticas de regalos y atenciones”.

La norma es muy clara: nadie puede ofrecer regalos para obtener un beneficio directo en temas empresariales o comerciales. Pese a esto, cuando las empresas realizan donaciones desinteresadas para una causa determinada y estas donaciones están debidamente justificadas, no se presentaría ningún tipo de conducta punitiva.

Dentro del listado de delitos que le pueden ser imputados por realizar ofrecimientos indebidos se encuentran: cohecho en todas sus modalidades, concusión o corrupción privada. La pena promedio de estas tres conductas es de cuatro a ocho años en prisión. Si además usted es un servidor público, puede acarrear sanciones disciplinarias. Tenga cuidado al dar y ofrecer.

Antecedentes
La percepción global del crimen y las redes internacionales anticorrupción son las apuestas mundiales para acabar con uno de los flagelos que más duro ha golpeado a la economía global. Esta es una de las conclusiones que se pueden establecer gracias al informe sobre Crimen Económico de 2018 que presentó la firma PwC. El documento evidenció que la tasa global reportada de delitos económicos ha aumentado en todos los territorios del mundo. En Latinoamérica, el reporte de estos delitos se duplicó en los últimos dos años.

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