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Legislación

Conozca las sanciones que enfrenta por tener un animal silvestre como mascota

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando las especies estén categorizadas como amenazadas.

05 de noviembre de 2019

José González Bell


Canal de noticias de Asuntos Legales

Colombia es uno de los países con mayor biodiversidad en el mundo. Por esto, posee un alto potencial para el comercio de bienes y servicios provenientes de la vida silvestre a partir de estrategias de aprovechamiento sostenible. Sin embargo, el tráfico ilegal de especies y la tenencia de estos animales silvestres como mascotas es un flagelo recurrente en el país.

La gran mayoría de las personas en Colombia desconoce que tener una tortuga o cualquier animal de la fauna silvestre nacional como mascota viola la Ley. De hecho, el Código Nacional de Policía establece que comercializar, almacenar, poseer o tener especies de flora o fauna conlleva a una multa tipo cuatro, es decir, $833.324 (32 smdlv).

Álvaro Sarmiento, abogado del Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, indicó que el abuso de fauna silvestre está contenido en la Ley 1333 de 2009, la cual opera administrativa y penalmente. “Si se efectúa una acción legal contra una persona que posea un animal de fauna silvestre y se declare como delito de explotación ilegal de fauna, la Ley indica que esa persona puede ir entre 48 y 108 meses de prisión”, expresó.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando las especies estén categorizadas como amenazadas, en riesgo de extinción o de carácter migratorio, raras o endémicas del territorio colombiano. Cabe resaltar que en el país hay 1.203 especies amenazadas y 173 en peligro crítico.

De acuerdo con Claudia Brieva, magíster en salud animal silvestre, son pocos los animales en Colombia que se pueden tener como mascotas. Además del perro y el gato, los animales domésticos son el pato, la gallina (aves de corral), el conejo, el hámster, algunas especies de canarios y aves, pero que pertenecen a otros países y no son de nuestra fauna, por ejemplo, el perico australiano o el gorrión del Japón.

Para la experta, uno de los problemas que contribuye a la tenencia de animales silvestres es el desconocimiento de la norma y en ciertos casos la cultura. Esto se debe, en algunos casos, a que en televisión miran programas de otros países donde sí está permitido tener ciertos especímenes y creen que en Colombia también se puede.

Además, vale la pena destacar que existen grupos poblacionales especialmente susceptibles a las zoonosis como son los niños menores de 10 años, los adultos mayores o las personas afectadas por una enfermedad crónica del sistema inmune. De este modo, tener un animal de fauna silvestre también puede representar un riesgo de salud pública.

El único caso en que se permitirá que el poseedor mantenga al animal es si la entidad ambiental encargada considera que su liberación podría causar un riesgo para el mismo. Es decir, que ya está domesticado y no podría vivir en su hábitat natural. En caso tal de que usted sepa de alguien que tenga un animal silvestre en su hogar, se puede dirigir a la Policía para que imponga la sanción y decomisar el animal si así lo consideran. A nivel nacional, los animales más perjudicados son los monos, como el tití cabeciblanco, los loros verdes o guacamayas, los morrocoy, algunas arañas y reptiles como las serpientes.

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