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Judicial

Conozca los beneficios de hacer las asambleas de copropietarios de forma virtual

Con la implementación digital, la asistencia a estas reuniones se ha incrementado según estadísticas de la empresa Propiedata

09 de marzo de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La emergencia causada por el covid-19 influyó directamente en las reuniones de copropietarios de la propiedad horizontal. Las medidas de aislamiento, fruto de la rápida proliferación del virus, fueron una traba al principio, pero la virtualidad fue una modalidad adoptada para no perder de vista los temas importantes que se deben tratar en las asambleas.

Con relación a estos nuevos espacios virtuales, la empresa Propiedata afirmó que la incorporación de los mecanismos digitales sirvió para no aplazar la toma de decisiones.

Así se logró con la luz verde del Ministerio de Salud, que avaló en varios de sus decretos la ejecución de este tipo de reuniones. Entre los más importantes están los 398, 434, 579, 749, 847; en la resolución 844 y ratificada en el decreto 1168 de agosto de 2020.

La ley patrocina la virtualidad para votar, intervenir y realizar ajustes en las reuniones relacionadas a la propiedad horizontal, además de fortalecer las medidas preventivas y protocolos de bioseguridad.

En cuanto a los beneficios de llevar reuniones bajo plataformas virtuales, Paulo Mogollón, cofundador de Propiedata, aseguró que uno de los cambios principales en las asambleas es el orden. “Las asambleas presenciales son, por lo general, sumamente desorganizadas y en muchos casos hay un caos durante las intervenciones. Las votaciones tampoco tienen un orden claro y no queda la evidencia necesaria para poder adelantar casos particulares ante los jueces”.

Mogollón afirmó que las cifras de la empresa demuestran que se ha logrado aumentar hasta en 20% el número de participantes en las asambleas. Puntualmente, en las reuniones organizadas por Propiedata, la asistencia ascendió a 90% en términos de participación.
“No es en todos los casos, pero en la gran mayoría el quórum es mayor que lo visto en las asambleas presenciales, porque la persona puede participar desde cualquier lugar. No importa si se está de viaje o en algún lugar dentro de la vivienda”.

¿Algo cambió con lo virtual?

Es importante, sin embargo, recordar cuáles son los preceptos básicos de las asambleas de copropietarios. Otro de los expertos consultados, Carlos Espinoza, consultor adscrito del Centro de Conciliación de Areandina, recordó que las reuniones deben ser conformadas por todos los propietarios de las unidades privadas que conforman el edificio, conjunto o parcelación.
La finalidad de las asambleas es examinar la situación general de la copropiedad, por lo que no cambian mucho las órdenes del día.

“Se deben hacer los nombramientos y comité de convivencia, además considerar y aprobar las cuentas del último ejercicio y el presupuesto para el siguiente año. Igual como cuando se está en la presencialidad”.

Espinoza añadió que la pandemia en sí misma no trajo modificaciones a la Ley 675 de 2001, la cual establece que pueden realizarse de manera virtual; tampoco supuso un cambio estructural a los temas tratados en los encuentros. Sin embargo, es cierto que bastantes asambleas no han ejecutado su reunión de 2020. “Esto, se deberá solucionar dando aplicación a lo previsto en el Decreto 176 de 2021 agotando las reuniones de asamblea de 2020 celebrándolas a más tardar el 31 de marzo de 2021”.

¿Cuáles son las ventajas?

Las asambleas virtuales, teniendo en cuenta la importancia de ser realizadas antes de la fecha mencionada, tienen una serie de ventajas mencionadas por Propiedata. Al respecto, la empresa afirma que entre las tantas ventajas está la confianza y seguridad de los revisores fiscales para la realización de la reunión.

Por otro lado, los espacios digitales permitirán que los futuros encuentros se den bajo un modelo de administración más tecnológico y moderno. En temas de tiempo y costos, la virtualidad hace que haya un ahorro porque no exige la adecuación de un lugar común ni el traslado de los copropietarios.

Mogollón dijo que, a pesar de los beneficios reportados tras la consecución de asambleas, muchas personas se mostraron reacias a participar en estos encuentros de manera virtual. Sin embargo, la pandemia obligó a que la aceptación fuera creciendo y las personas más conservadoras bajaran la guardia ante el mecanismo.

“Un número muy grande de personas ha manifestado que las asambleas virtuales tienen muchos beneficios y a largo plazo han demostrado su apoyo a este método. La perspectiva está cambiando y un gran número de copropietarios quiere seguir con la modalidad, pues no le ven el valor a las reuniones presenciales”.

Mogollón afirmó que las asambleas organizadas por la empresa tenían una calificación promedio de 3,83% y a corte en marzo de este año la cifra ascendió a 4,1%, lo cual indica que las personas están adaptándose a a la tecnología.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Espinosa Consultor del Centro de Conciliación de Areandina

    “La asamblea debe reunirse al menos un año dentro de los tres primeros meses siguientes a la finalización del periodo fiscal. Y, por supuesto, puede ser virtualmente”.

  • Paulo MogollónCofundador de Propiedata

    “Hablando con nuestros clientes descubrimos que muchos reportan que no volverán a una asamblea presencial porque ahorra tiempo. Es una práctica que llegó para quedarse”.

El panorama para 2021, según el directivo, es que este tipo de reuniones se alternarán de manera presencial y virtual.

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