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Judicial

Consejo Superior de la Judicatura vuelve a suspender aforo en los despachos judiciales

Los servidores de la Rama Judicial continuarán trabajando de manera preferente en su casa mediante el uso de las tecnologías de la información

12 de enero de 2021

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

El Consejo Superior de la Judicatura adoptó reglas para la prestación del servicio de justicia de los despachos judiciales y dependencias administrativas en el territorio nacional que se aplicarán a partir de este martes 12 de enero y hasta el 31 del mismo mes.

Con el fin de mitigar la emergencia ocasionada por el covid-19, la Corporación suspendió el porcentaje de presencialidad establecido para los despachos judiciales. La decisión obedece a las medidas adoptadas por el Gobierno y administraciones locales con el fin de proteger la vida y salud de los servidores judiciales, abogados y usuarios de la administración de justicia.

“Se reitera que los servidores de la Rama Judicial continuarán trabajando de manera preferente en su casa mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Con el firme propósito de evitar cualquier afectación a los servicios judiciales, el Consejo Superior delegó a los Consejos Seccionales para que expidan los actos administrativos correspondientes, que permitan regular las condiciones en las cuales se prestarán los servicios y el aforo en cada sede judicial de su regional, cuando sea necesaria la presencialidad en la sede de trabajo y de acuerdo con las restricciones establecidas para cada departamento o ciudad”, dijo el Consejo.

La corporación recordó a todos los usuarios que en la página web de la Rama Judicial www.ramajudicial.gov.co se encuentra publicado el directorio de correos electrónicos institucionales de los despachos y dependencias judiciales como canal de comunicación virtual y que, adicionalmente, se cuenta con aplicativos o correos electrónicos para la presentación virtual de tutelas, habeas corpus y demandas.

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