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Judicial

Corte avala ampliación de la estación de guardacostas en Gorgona y rechaza consulta

Corte Constitucional avaló la ampliación de la estación de guardacostas en la Isla Gorgona y desestimó la necesidad de una consulta previa

18 de noviembre de 2024

Laura Cuevas Sánchez


Colprensa
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La Corte Constitucional falló a favor del proyecto de la Armada Nacional y el Ministerio de Defensa para instalar un radar y ampliar la estación de guardacostas en la Isla Gorgona, ubicada en el Parque Nacional Natural de la Isla Gorgona, en jurisdicción del municipio de Guapi, Cauca.

La decisión de la Corte, tomada por los magistrados José Fernando Reyes, Paola Meneses y Cristina Pardo, revoca un fallo previo del Tribunal Superior de Bogotá que, en abril de este año, había suspendido el proyecto por no haberse realizado una consulta previa con las comunidades étnicas locales.

En su fallo, la Corte destacó que no se presentó evidencia concreta de una afectación directa a las comunidades de Guapi Abajo, que se encuentran a 54 kilómetros de distancia de la isla. "No existe evidencia razonable y concreta, siquiera mínima, de la afectación directa a la comunidad accionante que se generaría con la ejecución del proyecto", señaló el alto tribunal, invalidando la solicitud de amparo planteada por las comunidades.

El fallo también refuerza que la pesca, actividad que las comunidades de Guapi Abajo alegaban como afectada, está prohibida en la Isla Gorgona, tanto en su modalidad industrial como ancestral. La Corte subrayó que las comunidades de Guapi no son parte de un acuerdo de uso firmado entre Parques Nacionales Naturales y los consejos comunitarios de Bazán, Nariño, que regula el acceso a la isla, y que la pesca que practican se limita a utilizar la isla como un sitio de descanso durante sus faenas, sin establecer derechos especiales para la actividad.

En cuanto a la consulta previa, la Corte aclaró que, aunque los certificados emitidos por la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior no son suficientes por sí solos para eximir la obligación, en este caso no se otorgó el derecho de consulta debido a la falta de pruebas que demostraran los perjuicios alegados por las comunidades. Con este fallo, el proyecto de ampliación de la estación de guardacostas de la Armada en la Isla Gorgona podrá continuar su curso sin la necesidad de realizar una consulta previa.

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