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Legislación

Corte Constitucional anunció que revisará, con llamado de urgencia, ley de garantías

En el despacho judicial reposan 21 demandas que alegan ilegalidad en la aprobación de la reforma que permite celebrar convenios interadministrativos

10 de febrero de 2022

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Un total de 21 demandas, que alegan ilegalidad en la aprobación de la reforma que suspendió la ley de garantías, generó que este jueves la Sala Plena de la Corte Constitucional declarara como urgencia nacional el estudio de las demandas que se surten en contra de la Ley de Presupuesto aprobada en el Congreso, en el que se incluye la ley de garantías.

Esta ley que fue suspendida para la vigencia de 2022 y que fue aprobada de cara a las elecciones de Congreso y Presidencia que se realizarán este semestre, permite la suscripción y celebración de convenios interadministrativos con las entidades territoriales para la ejecución de programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación, bajo el control especial de la Contraloría, durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial.

Se trata del artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, que decretó el presupuesto para este año y la modificación se realizó “con el propósito de promover la reactivación económica”. No obstante, gremios empresariales y opositores expresaron su preocupación por los casos de corrupción que se pueden dar con la celebración de esos convenios.

Las demandas en cuestión aseguran que en la ley debió haberse tramitado como ley estatutaria y que la reforma no tiene relación con el resto de contenido de la ley, además que se votó sin las mayorías requeridas en el Congreso, por lo cual se habría violado el principio democrático.

Incluso, aseguran que la reforma habría abierto la puerta a “favorecer a algunos sectores políticos y hasta para financiar la compra de votos en algunas regiones del país”.

Por ejemplo, el senador Roy Barreras explicó en su demanda que “resulta a todas luces inconstitucional e ilegal reformar un artículo de una ley estatutaria, a través de la ley anual de presupuesto, pretermitiendo no solo el control previo por parte de la Corte Constitucional, sino además la competencia que para proferir este tipo de leyes tienen las Comisiones Primeras de Senado y Cámara de Representantes”.

Las 21 quejas fueron unificadas bajo el expediente del senador Roy Barreras quien presentó su escrito el 21 de noviembre del año pasado. También serán estudiadas las demandas, entre otras personas, de los congresistas Iván Cepeda, Carlos Alberto Maya y Luis Fernando Velasco.

Los magistrados no tomaron ninguna decisión adicional como alguna medida cautelar o la vigencia de la norma que se encuentra en curso y solo acudieron a la declaratoria de urgencia nacional.

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