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Judicial

La Corte Constitucional ratificó decisión de restitución de tierras en caso La Francisca

Se determinó que la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cartagena aplicó correctamente los artículos 74, 75 y 77 de la Ley 1448 de 2011

31 de marzo de 2025

Cristian Moreno Garzón

cmoreno@larepublica.com.co

Corte constitucional
Colprensa
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La Sala Plena de la Corte Constitucional confirmó la sentencia que ordena la restitución de varios terrenos a las víctimas del conflicto armado en la Zona Bananera del Magdalena, con lo que rechazó el recurso de amparo presentado por la sociedad La Francisca S.A.S. Este fallo, emitido el 12 de marzo de 2025, pone fin a un largo litigio judicial que comenzó en 2018.

En su análisis, la Corte revisó con detalle tres aspectos clave de la controversia. Primero, determinó que la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cartagena aplicó correctamente los artículos 74, 75 y 77 de la Ley 1448 de 2011 al reconocer a los reclamantes como víctimas de despojo y desplazamiento forzado.

Los magistrados encontraron suficiente evidencia sobre los actos violentos que ocurrieron entre 1996 y 2004, incluyendo asesinatos de líderes comunitarios y la presión ejercida por grupos armados ilegales. Como se menciona en el documento, “se demostró durante el proceso que: en el municipio Zona Bananera del Magdalena y sus alrededores hubo actos de violencia generalizada; miembros de la comunidad de los solicitantes fueron asesinados y hostigados por grupos al margen de la ley”.

En segundo lugar, la Corte evaluó el argumento sobre la supuesta buena fe de La Francisca S.A.S. al adquirir los terrenos. El alto tribunal concluyó que la sociedad no demostró haber realizado las verificaciones necesarias sobre el historial de violencia asociado a las tierras, especialmente considerando que ya conocía la ocupación previa por parte de los reclamantes.

El fallo también abordó el complicado tema de la posesión de los terrenos. La Corte respaldó la conclusión del tribunal de restitución sobre el abandono de los predios por parte de la anterior propietaria, la Sociedad Agrícola Eufemia Ltda., y la posterior ocupación legítima por parte de los actuales reclamantes. Se subrayó que estos últimos llevaron a cabo actos posesorios continuos entre 1996 y 2004, periodo en el que fueron desplazados de manera forzada por grupos al margen de la ley.

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