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Judicial

De acuerdo con la Corte golpear a los niños no es siempre violencia intrafamiliar

La Corte emitió un fallo a favor de un hombre que había sido condenado a seis años de cárcel por una palmada a su hija

20 de mayo de 2020

Johana Lorduy


Colprensa
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Ningún tipo de violencia intrafamiliar debe ser justifica. No obstante, qué pasa cuando los padres de familias quieren imponer cierta autoridad frente a aquellos hijos que se quieren salir de control. Estaría correcto judicializar a un padre que da una palmada para corregir un mal comportamiento.

Frente a una situación como esta, la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo a favor de un hombre que había sido condenado a seis años de cárcel, el 17 de noviembre de 2012, por dar una palmada en la espalda a su hija.

Esta historia inició cuando una de las hijas de este hombre le entregó las notas escolares que mostraban que había perdido el año. Ante el malestar de su padre y sus reclamos, la adolescente decidió irse de la casa por una noche.

Cuando la joven regresó a casa al día siguiente empezó a escuchar música junto a su hermana en alto volumen, lo que disgustó a su padre, quien estaba descansando por haber bebido la noche anterior.

En medio de esta situación comenzó el cruce de palabras entre padre e hijas, llevando a que las adolescentes se expresaran de manera grosera con insultos. Frente a esto el padre reaccionó de mala manera y lanzó un recipiente, lo cual llevó a que las jóvenes se abalanzaran contra su padre y forcejearan con él. Al final el hombre respondió con una fuerte palmada en la espalda a una de ellas, quien acudió a las autoridades para denunciar el acto.

De acuerdo con el dictamen de medicina legal, este golpe causó en la espalda de la joven una “equimosis rojiza", en la cual se observa la forma de una palma de la mano y los dedos "ubicada en región escapular lateral izquierda".

La denuncia

La agresión que recibió la joven por parte de su padre fue denunciada en un juzgado de Envigado, razón por la que el hombre fue capturado y acusado de violencia intrafamiliar. Sin embargo, la historia tomó otro rumbo diferente cuando el 4 de marzo de 2014 el Tribunal lo absolvió y consideró que no se trataba de ningún delito.

Pero el caso no quedó allí, pues el 22 de junio de ese año, el Tribunal Superior de Medellín revocó esta decisión y condenó al hombre a pagar seis años de cárcel, pues consideró que el golpe que había recibido la menor de edad había sido un abuso físico.

Lo anterior, llevó a que la defensa del caso lo llevara hasta la Corte Suprema de Justicia donde fue revisado. Finalmente el 19 de mayo del presente año se emitió un fallo que tumbó esta condena que argumentó que estos hechos no correspondían a un delito de violencia intrafamiliar.

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