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Judicial

De cuatro hasta 12 años de cárcel son las penas para castigar la trashumancia electoral en el país

La inscripción de 1.065.741 cédulas de ciudadanía en todo el país fue dejada sin efecto.

15 de octubre de 2019

José González Bell


25 DE OCTUBRE 2013 BOGOTÁ. Las alarmas se prendieron, el presidente Uribe intervino y hasta pidió cambiar las reglas para votar. Primero, exigió cédula y escarapela para ejercer dicho voto, cosa que inicialmente no estaba contemplada. Luego, decidió que no se votaría punto por punto, como proponía la metodología, pues no había forma de garantizar que una persona votara dos veces. Después contempló la idea de realizar una votación uno a uno con la lista de los 1.300 convencionistas y hasta le propusieron usar tinta indeleble.( FOTOS COLPRENSA - RAÚL PALACIOS).
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De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la trashumancia electoral es la acción de inscribir la cédula para votar en un lugar distinto a aquél en el que se reside y constituye un delito contemplado en el Código Penal Colombiano que puede ir entre cuatro a 12 años de prisión, dependiendo del caso.

La trashumancia electoral se puede penalizar de dos maneras. La primera es que una persona (candidato) logre por cualquier medio indebido que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquél donde hayan nacido o residan con el propósito de obtener ventaja en elección popular. El que cometa este delito, conocido legalmente como fraude en inscripción de cédula, deberá pagar una pena de entre cuatro y nueve años de prisión. Si el individuo es un funcionario público se aumentará de una tercera parte a la mitad la condena.

La segunda penalización es para la persona (votante) que incurrió en el delito de trashumancia, es decir, que inscribió su cédula en otro lado a pesar de que no nació ni vive ahí. En este caso, estaría incurriendo en el delito de falso testimonio, pues al momento de hacer la inscripción juramentó que, en efecto, reside o nació en el lugar. Esta acción es sancionada por el artículo 442 del Código Penal con pena de prisión de seis a 12 años.

De acuerdo con un informe de Consejo Nacional Electoral (CNE), la inscripción de 1.065.741 cédulas de ciudadanía en todo el país fue dejada sin efecto por trashumancia electoral. Según la entidad, los departamentos más fraude en inscripción de cédula son: Atlántico, César, Chocó, Cundinamarca, La Guajira, Magdalena, Norte de Santander, Santander, Vaupés y Vichada.

Hernán Penagos Giraldo, presidente del CNE, expresó que Cundinamarca, Magdalena y Norte de Santander han sido declarados en riesgo extremo de trashumancia por la Defensoría del Pueblo y la Misión de Observación Electoral.

“Buscamos dejar muy preciso que son muchos los municipios de Colombia donde existía un censo electoral superior al censo poblacional, lo que es absolutamente descabellado. Hemos hecho ajustes en La Juagua del Pilar en La Guajira, entre otros. Este delito que golpea mucho al país y que causa serios daños a la democracia”, expresó Penagos.

El CNE indica que hay modalidades del trasteo de votos. Los más comunes son: trasladar personas a municipios distintos de su residencia para que inscriban su cédula; inscribir irregularmente cédulas de ciudadanía correspondientes a ciudadanos que no residan en el respectivo municipio y; trasladar personas a municipios distintos de su residencia para que obtengan su cédula de ciudadanía.

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