23 de diciembre de 2024
Suscribirse


23 de diciembre de 2024
Suscribirse
Legislación

Deducción en renta, entre ventajas de contratar personas en situación de discapacidad

Las compañías que vinculen laboralmente a quienes están en esa condición también tienen preferencia en procesos de licitación

05 de septiembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


INCI
Canal de noticias de Asuntos Legales

No sorprende que las personas con algún tipo de discapacidad enfrenten barreras al momento de buscar empleo, sin embargo, muchas empresas no saben que, con el fin de vincular a esta población a la fuerza laboral, la legislación contempla varios beneficios por su vinculación.

Por ejemplo, el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 establece que las compañías que vinculen laboralmente a personas en situación de discapacidad tendrán preferencia en los procesos de licitación, en caso de empate en los demás criterios, si tienen en la nómina al menos 10% de sus empleados en tal condición. Además, tienen prelación en el otorgamiento de créditos de organismos estatales, siempre que estos sean para el desarrollo de programas que impliquen la participación activa de personas en situación de discapacidad.

Estas personas, adicionalmente, gozan de estabilidad laboral reforzada, por lo que la ley es clara en que una discapacidad no puede ser obstáculo para la contratación, a menos que sea evidente que es incompatible con el cargo. También, en caso de empate en los concursos para ingresar al servicio público, se preferirá entre los elegibles a quien tengan alguna discapacidad. Las entidades estatales darán prelación, en igualdad de condiciones, a los productos ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por personas con discapacidad.

Otro beneficio que ofrece la legislación es que las empresas que tengan en su nómina a personas en situación de discapacidad y, además, estén obligadas a declarar renta, tienen derecho a una deducción de 200% del valor de los salarios y prestaciones pagados en el año gravable a ese grupo de trabajadores. Igualmente, se reduce en 50% la cuota de aprendices obligada.

“Esperamos que con todas estas ventajas que tiene la legislación colombiana para incluir laboralmente a las personas con discapacidad, los empleadores se animen a contar con esta fuerza de trabajo, que representa una Colombia más inclusiva y un verdadero ejemplo de empresas y entidades incluyentes”, anotó Carlos Parra Dussan, director general del Instituto Nacional para Ciegos.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA