El Ministerio de Salud recusó a la procuradora general de la nación Margarita Cabello
Según el oficio del Ministerio esto es con motivo que no intervengan en lo relacionado con el cálculo de la UPC de las EPS
29 de diciembre de 2024El Ministerio de Salud recusó a la procuradora general de la nación, Margarita Cabello, y a la procuradora delegada para la salud, Diana Ojeda. Esto con motivo que no intervengan en lo relacionado con el cálculo de la UPC de las EPS.
Según el oficio del Ministerio, las funcionarias emitieron "conceptos y opiniones (...) bajo una serie de juicios de valor sin ningún sustento probatorio" sobre lo que dicen es una “presunta” crisis financiera del sistema de salud.
"De acuerdo con lo expuesto, el objeto y la finalidad de los impedimentos y las recusaciones consisten en evitar que se presenten conflictos de intereses que puedan poner en riesgo la imparcialidad de la autoridad administrativa, teniendo en cuenta que, en sus decisiones, debe primar el interés general sobre el interés particular. Por lo anterior, los impedimentos o recusaciones requieren, por parte de quien los formula, de una argumentación jurídica suficiente para configurar la causal, junto con los elementos probatorios que lleven a confirmar su configuración", se lee en el oficio del MinSalud.
También agregan que "teniendo en cuenta los fundamentos jurídicos traídos a colación, es claro que en el caso sub examine la Procuradora General de la Nación y la Procuradora Delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social incurrieron en las causales contenidas en el numeral 11 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo C.P.A.C.A. y el numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1952 de 2019".
Dicen que esto, es al haber emitido concepto, consejos, opiniones y prejuicio sobre la presunta crisis financiera y humanitaria de salud, así como del sistema de salud en general, "bajo una serie de juicios de valor sin ningún tipo de sustento probatorio, manifestaciones subjetivas y personales; desligándose de sus obligaciones constitucionales y legales de asumir una postura imparcial y objetiva frente a las actuaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, expresando, sin lugar a duda, sus posturas adversas, lo cual no solo quebranta el principio de imparcialidad y transparencia, sino que a su vez, los principios al debido proceso, defensa y contradicción y demás que gobiernan la función administrativa".
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