14 de noviembre de 2024
Suscribirse


14 de noviembre de 2024
Suscribirse
Legislación

Las reacciones al nuevo decreto que reglamenta y legaliza la dosis mínima de drogas

El comercio de drogas seguirá prohibido; será tarea de cada municipio reglamentar y restringir el consumo en el espacio público. El debate está encendido

11 de diciembre de 2023

Juan Camilo Colorado


Nuevo decreto sobre el porte de la dosis mínima
Gráfico LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado siete de diciembre, el Gobierno Nacional anunció por medio del decreto 2114 de 2023 la derogación de un decreto expedido por el gobierno pasado que reglamentaba y penalizaba el porte de las dosis mínima según fuera el caso. En su momento, las autoridades competentes tenían la potestad de decomisar y destruir la sustancia si excedía la dosis mínima; sin embargo, con el decreto 2114 de 2023 por parte del presidente Gustavo Petro, la situación cambió.

Previo a la medida expedida por el Gobierno y firmada por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, el ministro de Interior, Luis Fernando Velasco, y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, la normativa vigente era el decreto 1844 de 2018. El decreto indicaba que el Estado, por medio de las autoridades policiales, tenía la facultad de destruir o decomisar la droga si no estaba bajo la figura de dosis mínima; incluso la persona podría ser judicializada si el consumidor no lograba demostrar que no estaban destinadas a la comercialización o distribución.

Sin embargo, el nuevo decreto deroga las facultades previamente mencionadas con las que contaba la Policía Nacional. Dicho esto, con la nueva medida las personas podrán consumir una dosis mínima de drogas en sitios públicos sin la contravención de la Policía; así mismo, no podrán decomisar o destruirla si no excede la mencionada cantidad (20 gramos de marihuana, un gramo de cocaína y cinco de hachis).

Sin embargo, la medida es enfática al resaltar que el comercio y el tráfico de drogas está prohibido en el país y que el propósito de esta es no criminalizar a los consumidores sino, por el contrario, enfocar los esfuerzos en atacar las estructuras criminales de microtráfico y narcotráfico en el país.

"El decreto no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No nos llamemos a engaños”, aseguró Néstor Osuna.

De la misma manera, se reiteró que el consumo en sitios públicos no debe ser sujeto de persecuciones policiales, ya que la Corte Constitucional no lo penaliza al considerar que va en contravía del derecho a la libertad y la igualdad; así mismo, el Gobierno fue enfático en que cada municipio podrá reglamentar y restringir el consumo de drogas según sea determinado, pero bajo ciertos protocolos que aún están siendo definidos por el Gobierno Nacional.

El debate público se centra en qué pasará con el futuro de los jóvenes con respecto al consumo de drogas. Mientras otros sectores afirman que se fomentará el consumo de estupefacientes y que es todo un error derogar el decreto, los defensores de la medida aseguran que la legalización no hará que el consumo crezca siempre que haya una correcta educación sobre los riesgos e implicaciones físicas y mentales de su consumo; esto en aras de promover el consumo responsable.

La polémica sigue abierta y parece que apenas comienza.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA