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Judicial

Estos son algunos de los procedimientos legales que puede emplear si vive junto a un vecino ruidoso

Un primer acercamiento basado en el diálogo o la interposición de una querella son algunas de las vías que debe tener en cuenta

10 de diciembre de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

En épocas decembrinas es natural que el ruido en la calle sea más pronunciado y las fiestas se alarguen hasta altas horas de la noche. Sin embargo, debe tener en cuenta cuáles son las vías legales que puede tomar para lidiar con un vecino ruidoso en su barrio o conjunto. En primer lugar, siempre la mejor opción es buscar una solución amistosa a través del diálogo directo para llegar a un entendimiento.

Sin embargo Jorge Peralta, socio de Peralta y Asociados Abogados, asegura que, de no lograrse, y en caso de residir en una propiedad horizontal, el procedimiento es presentar una queja ante la administración. “La queja debe exponer las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho de perturbación. Lo anterior con el fin de que se presente una sanción pecuniaria o se eleve el caso al consejo de administración para tomar otras medidas”, dijo.

Una tercera opción puede ser la interposición de una querella, acción jurídica que se eleva ante el inspector de la localidad donde se ubica la residencia. Por otro lado, el Código de Policía establece en el artículo 33, sobre comportamientos que afectan a la tranquilidad, que tanto ruidos en fiestas como eventos y otros sonidos de dispositivos o maquinaria podrían alterar el sosiego y relaciones respetuosas entre personas.

“Se puede acudir a la Policía para la disolución o persuasión para que se cese el hostigamiento de ruido”, agregó el abogado.

También se debe tener presente que, en el mismo artículo, se estipulan una serie de sanciones que podrán ser impuestas por la autoridad policiva. La norma establece que habrá lugar a multas y acciones que van desde la disolución de la reunión y apagar la fuente del ruido, hasta establecer un comparendo tipo III, que será de 16 salarios mínimos diarios legales vigentes.
“La suma de estos salarios da como resultado $484.547; en resumen, esta es la sanción económica a la que está expuesta una personas que altera la tranquilidad de sus vecinos”, dijo Peralta.

En estos escenarios, los conflictos pueden generar amenazas entre las partes, lo que podría poner en riesgo la integridad física del vecino. En estos casos comunes, se puede pedir una medida de protección o establecer una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación por el tipo penal de amenaza.

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