Fiscal General de la Nación documentó "reflexiones finales de la JEP"
La carta, de nueve páginas, relata cinco puntos que a consideración del jefe del ente acusador son importantes y deben ser tenidos en cuenta
22 de noviembre de 2017El fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez Neira, radicó en la Cámara de Representantes una carta dirigida al Ministro del Interior, Guillermo Rivera Flórez, que tiene como objetivo considerar algunas “reflexiones finales” sobre la Justicia Especial para la Paz (JEP) que aún se debate en el Congreso de la República.
La carta, de nueve páginas, relata cinco puntos que a consideración del jefe del ente acusador son importantes y deben ser tenidos en cuenta.
El primero de ellos consiste en que “los beneficios no pueden convivir con los nuevos delitos”, la Fiscalía ha sido reiterativa desde que empezó el estudio de la JEP en el Congreso de la República que debe haber “garantía de no repetición”, por lo que desde el ente investigador “registramos con complacencia que el Congreso haya excluido de los beneficios de la Jurisdicción Especial de Paz a los desertores y disidentes”.
En el documento el Fiscal aseguró que este punto del acuerdo de paz tuvo controversia, sin embargo, luego del reciente fallo de la Corte Constitucional “ha quedado inequivocamente establecido que los excombatientes que se acojan a la JEP, no pueden cometer un nuevo delito o de lo contrario perderán todos los beneficios que consagra la ley”.
El segundo punto que reposa en la carta consiste en que “no puede quedar la posibilidad de la impunidad para graves crímenes”. En este sentido, la Fiscalía ha reiterado que deben ser sancionadas las personas que hayan cometido graves delitos en medio del conflicto armado, por esto la JEP debe “concentrarse en los más reprochables hechos del conflicto y sus responsables”.
De acuerdo con el Fiscal General, estos hechos corresponden al llamado de las autoridades internacionales en materia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, por lo que recordó que la fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Benssouda, alertó al Estado colombiano por estos hechos. “La CPI continúa teniendo jurisdicción sobre los autores que han cometido crímenes establecidos por la CPI en los territorios de los Estado-parte tales como Colombia, aún cuando, como asunto de política, no sean seleccionados para procesar bajos los términos de la estrategia procesal de mi despacho”.
El tercer punto del documento tiene que ver con la “acreditación de los miembros de las Farc y listados”. Al respecto, la Fiscalía resalta el avance que se ha tenido hasta la fecha: “Existe un unánime propósito de fijar con claridad los cierres de los listados a corte 15 de agosto del año en curso y efecto así se ha reconocido”.
Pese a esto, Martínez Neira confirma que las previsiones normativas contempladas “resultan insuficientes” por lo que la Constitución le ordenó al Gobierno Nacional adelantar un procedimiento de revisión y verificación de los miembros de la organización incluidos en los listados.
Siendo así, aseguró que el Ejecutivo debe pedir un listado final de los excombatientes inscritos, ya que esta acción se traducirá como seguridad jurídica en el país.
El cuarto punto al que se refiere el Fiscal General es el “sometimiento voluntario a la JEP”, y este consiste en que uno de los elementos centrales de la decisión de la Corte Constitucional es la preservación de los principios de legalidad y juez natural para los terceros civiles y agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública, por esto se regulará la oportunidad y las condiciones para acogerse a la JEP.
Sin embargo, sobre este punto el jefe del ente acusador reparó que “la simple manifestación de voluntad de someterse a la JEP no implica que este avoque el conocimiento de un caso de forma automática, pues además de la solicitud, debe verificarse el presupuesto de competencia material”.
De acuerdo con Martínez Neira, posteriormente es posible que la JEP no asuma la competencia, y esto tendría consecuencias de investigación penal, “que es necesario prever desde ahora”.
Por último, precisó que el quinto ítem de su carta son los “criterios de priorización y selección en la Jurisdicción Ordinaria”. En su criterio, en el segundo debate de Cámara, se incluyen asuntos relacionados con el manejo de la Jurisdicción Ordinaria en los civiles y agentes del Estado que no son integrantes de la Fuerza Pública, y allí deben ser aplicados criterios priorizados.
En ese sentido la Fiscalía General de la Nación está en la obligación de adelantar las investigaciones contra terceros y agentes del Estado que cometan un delito.
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