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Marcas

Gestos, y los otros registros raros ante la Superintendencia de Industria y Comercio

Del total de solicitudes, aproximadamente 2.600 son registros exitosos, lo que deja por fuera 900 solicitudes

19 de agosto de 2019

Margarita Coneo Rincón


La República Andrés Barreto González, superintendente de Industria y Comercio.
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El registro de marcas es un proceso que toda empresa debe tramitar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). En un mes, la SIC, que dirige Andrés Barreto, tramita un aproximado de 3.500 decisiones de registrabilidad de marca, siendo los gestos, los sonidos y las palabras inventadas los registros marcarios más raros, según Juan Manuel Serrano, director de Signos Distintivos de la entidad.

Del total de solicitudes, aproximadamente 2.600 son registros exitosos, lo que deja por fuera 900 solicitudes de que, por diferentes motivos, terminan siendo denegadas al solicitante.

Las limitaciones de los registros de marca están estipuladas en la decisión 486, Artículo 135 y 136 de la Comisión de la Comunidad Andina. Entre esos motivos se listan marcas que puedan engañar a los medios comerciales, que contengan alguna indicación geográfica nacional o extranjera que se preste a una confusión, sean contrarias a la ley, a la moral, al orden público o las buenas costumbres. Así pues, es posible registrar un sonido, un símbolo, un gesto, siempre y cuando se pueda representar gráficamente, pero no se puede inscribir nada como, por ejemplo, una grosería, un insulto o un mensaje que incite al desorden público, a la falta de una ley nacional o que interfiera con las buenas costumbres sociales.

De igual forma, en el Artículo 134 de la misma decisión de la Comisión de la Comunidad Andina, se estipula que sí se puede registrar como marca. Sin embargo, para hacerlo debe cumplir con ciertos requisitos que son evaluados por la SIC durante el proceso de registro de la misma, una vez el solicitante entrega el formulario inicial; tal proceso toma en promedio 6,5 meses, según Serrano.

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