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Judicial

Imputaron responsabilidad fiscal por irregularidades en contrato de Centros Poblados

Se imputa responsabilidad en contra de los miembros del consorcio interventor que dieron aprobación a unas órdenes de la verificación

12 de octubre de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Contraloría General de la República
Colprensa
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La Contraloría General la República, a través de su Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción imputa responsabilidad fiscal en cuantía de $67.970 millones, por irregularidades en la ejecución del contrato 1043 de 2020, como consecuencia de una gestión fiscal ineficaz, ineficiente e inoportuna, lo que se materializó en el incumplimiento de la meta seis de la fase de instalación, dado que no se cumplió con la entrega total de equipos para la culminación de la misma.

Esta situación impidió que se alcanzaran los cometidos y fines esenciales del Estado asociados con el proyecto Centros Digitales, cuyo objeto iba encaminado a instalar 7.277 centros digitales del proyecto en la región B, distribuidas en los 16 departamentos del país, así como, deficiencias en el control y seguimiento adelantado por la interventoría en cumplimiento del contrato 1045 de 2020.

De la valoración integral de la información recaudada en el marco del proceso de responsabilidad Fiscal No. 80011-2021-39465, se determinó imputar responsabilidad en contra de los miembros de la Unión Temporal Centros no ejecutaron el contrato 1043 de 2020 en los términos pactados, lo que impidió que se alcanzaran los cometidos y fines esenciales del Estado, asociados con el proyecto Centros Digitales cuyo objeto iba encaminado a instalar soluciones de acceso comunitario a Internet gratuito en 16 departamentos pertenecientes al proyecto en la región B.

Esto conllevó a la terminación anticipada del contrato que implicaba el retorno de los recursos públicos en virtud a la obligación adquirida, sumado a la presentación de una garantía bancaria falsa, sin la cual no se hubiera dado inicio al contrato y por ende, no se hubieran desembolsado los recursos por concepto de anticipo, así como, al socio mayoritario de la empresa proveedora de equipos, toda vez que su omisión en la entrega de los mismos contribuyó a la causación del daño.

Adicionalmente, se imputa responsabilidad fiscal en contra de los miembros del consorcio interventor que dieron aprobación a unas órdenes de pago sin la verificación integral de los documentos que la soportaban, es decir, sin el cumplimiento de las condiciones pactadas para el acceso a dichos recursos, esto es, la totalidad de los equipos para la instalación del grupo 1ª.

Igualmente pasó por alto solicitar reunión extraordinaria del comité fiduciario para que el ordenador del gasto hubiera evitado el giro de los recursos, en razón al inminente incumplimiento en el cronograma de ejecución del contrato 1043 por falta de disponibilidad de los equipos.

Por último, se imputa responsabilidad fiscal a funcionarios del Fondo Único de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al omitir sus deberes que le eran exigibles conforme al manual de funciones de la entidad. De igual forma, se desvincula y archiva a 15 presuntos responsables fiscales en tanto que su actuar no comportó gestión fiscal.

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