La Andje evaluará los recursos luego del fallo internacional a favor de Telefónica S.A.
La Agencia y la firma, Wordstone Dispute Resolution, están examinando en detalle la conveniencia de presentar recursos contra este laudo
13 de noviembre de 2024Un tribunal arbitral internacional, bajo la supervisión del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Ciadi, emitió un laudo favorable a Telefónica S.A. en un reclamo interpuesto contra Colombia.
Es así como el Ciadi le ordenó al Gobierno colombiano pagarle US$379,8 millones como parte de un proceso de arbitraje.
Tras esta decisión, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se pronunció. Explicó que la disputa surgió a raíz de un contrato de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, MinTIC, y una filial de la compañía española, en el cual se acordó una cláusula de reversión que implicaba la devolución de equipos e infraestructura al finalizar la concesión.
El conflicto, dijo la Andje, comenzó tras la promulgación de la Ley 422 de 1998, que modificó las condiciones de reversión de los contratos de concesión de telecomunicaciones, limitando la devolución solo a las frecuencias radioeléctricas.
Esta disposición fue reafirmada por la Ley 1341 de 2009, lo que generó controversias sobre su aplicación a los contratos firmados antes de su entrada en vigor. En 2013, la Corte Constitucional de Colombia, en su Sentencia C-555, declaró que en los contratos previos a las nuevas leyes, debía respetarse el contenido original de las cláusulas de reversión.
La disputa escaló cuando MinTIC convocó un tribunal de arbitramento bajo el reglamento de la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual falló en 2017 ordenando a Telefónica S.A. pagar a la nación el valor de los bienes que debían ser revertidos.
Sin embargo, en 2018 Telefónica presentó un reclamo bajo el Tratado entre Colombia y España para la Protección de Inversiones, argumentando que el país había violado estándares internacionales al exigir la devolución de los equipos.
"El laudo arbitral, emitido en noviembre de 2024, señaló que Colombia incumplió las obligaciones del Tratado de Promoción y Protección de Inversiones al obligar a Telefónica a devolver los equipos. El tribunal concluyó que la Sentencia C-555 de 2013 violó el trato justo y equitativo garantizado a las empresas bajo el acuerdo internacional, y ordenó a Colombia el reembolso de US$ 379,8 millones, la cantidad que Telefónica había pagado al MinTIC en 2017", señaló la Andje en su comunicado.
Este laudo es el segundo fallo internacional relacionado con la controvertida cláusula de reversión. En 2021, un tribunal arbitral falló a favor del Estado colombiano en una disputa similar con América Móvil, Claro, rechazando una demanda por US$1.286 millones, y confirmando la validez de las decisiones judiciales nacionales, incluidas las de la Corte Constitucional.
Ante este nuevo fallo, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y la firma internacional, Wordstone Dispute Resolution, están examinando en detalle la conveniencia de presentar recursos contra este laudo ante instancias internacionales.
Para tal efecto, de acuerdo con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se buscará establecer si el tribunal arbitral se extralimitó en sus facultades al desconocer la autoridad de la Corte Constitucional sobre asuntos de su competencia, ignoró el derecho aplicable, así como argumentos de defensa presentados por Colombia, y omitió motivar cuestiones ampliamente discutidas por las partes durante el procedimiento.
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