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Judicial

La Corte Constitucional anunció nuevas medidas con relación a la práctica común de la eutanasia

El alto tribunal afirmó que no hay delito de homicidio por piedad si la conducta la efectúa un médico a un paciente terminal

22 de julio de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corte Constitucional ratificó hoy el derecho a la eutanasia que tienen los pacientes con enfermedades terminales. El alto tribunal también hizo una invitación al Congreso de la República para que se trabaje en la protección del derecho y se eliminen las barreras legislativas.

El magistrado Antonio José Lizarazo, presidente de la Corte Constitucional, aseguró que se declaró exequible el artículo 106 de la Ley 599 2000, pues no habría delito de homicidio por piedad cuando la conducta es efectuada por un médico, además de realizada con el consentimiento libre e informado del paciente tras un diagnóstico.

Además, la Corte estableció que la persona debe padecer un intenso sufrimiento físico o psíquico producto de enfermedades sumamente graves e incurables, además de lesiones corporales.

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