La propaganda política extemporánea ha dejado 485 investigaciones
Sin embargo algunos se han querido pasar la ley por alto y a la fecha el Consejo Nacional Electoral (CNE) lleva 485 investigaciones abiertas por propaganda política extemporánea.
Estas denuncias que son hechas generalmente por ciudadanos, provienen su mayoría de Cundinamarca (50), Antioquia (45), Magdalena (39), Bolívar (37) y Atlántico (32).
Aunque el CNE hasta el momento no ha sancionado pecuniariamente cabe recordar que las multas van de $12 millones a $110 millones.
El magistrado Felipe García, vicepresidente del CNE, indicó que hasta el momento no se ha impuesto ninguna multa pero sí 57 medidas cautelares o preventivas que ordena a los alcaldes o secretarios de medio ambiente, a partir de la prueba sumaria de la existencia de la propaganda, retirar el material del espacio público sin perjuicio de una investigación sancionatoria.
“Nosotros podemos producir sanciones en cualquier momento lo que sucede es que normalmente esperamos a que culminen las inscripciones porque muchas veces en las campañas de expectativa no ponen el nombre del candidato o finalmente la persona no termina lanzándose”, agregó García.
Al respecto, Carlos Arias, docente de la Maestría en Comunicación Política de la Universidad Externado de Colombia, indica que los incumplimientos a la normatividad del CNE se debe a por varias razones principalmente por dos: la reglamentación es débil en algunos aspectos e inoperante en otros. “Débil en que no aplica los dientes que le da la ley porque la cantidad de campañas desborda la capacidad del CNE. También porque la interpretación de la normatividad abre espacios para que se pueda esquivar la norma por parte de las campañas”.
Es inoperante, explicó, porque por ejemplo, en el caso de campañas por firmas se buscó abrir la posibilidad para la participación ciudadana, “pero terminó aumentando la desinstitucionalización de los partidos, dejo que los candidatos puedan hacer promoción de sus movimientos en procura de las firmas y al mismo tiempo se publiciten ellos”, puntualizó Arias.
En consecuencia, el docente aseguró que se crea un desequilibrio que busca ser suplido por los que sí tienen aval haciendo quites a la norma mediante mensajes publicitarios que aunque no son explícitos, como prohibe la ley, a todas luces aducen a las campañas.
En diferentes zonas del territorio nacional se puede visualizar la creatividad de las campañas que va desde ser nombrados en un vallenato, apoyar equipos deportivos para que los pongan en sus camisetas hasta promocionar libros que no existen o colocar frases contra el tabaco como lo hizo el precandidato a la alcaldía de Cali Carlos Andrés Clavijo y la candidata a la Gobernación del Valle Dilian Francisca Toro.
Juan Carlos Rodríguez, departamento de Ciencia Política Universidad de los Andes, afirmó que “la norma va un paso atrás de las prácticas que cada año se inventan los políticos por eso va a tener que modernizarse para tratar de ser más efectiva, por ejemplo no incluye el tema de redes sociales”.
Este 25 de octubre, la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad que destinó $500.000 millones para preparar los comicios, estima que lleguen a los 6.000 puestos de votación con 99.000 mesas, cerca de 17 millones de colombianos para elegir entre 100.000 candidatos, 18.000 cargos regionales y departamentales. Para terminar, sería pertinente que los ciudadanos en capacidad de votar se cuestionen que si antes de montarse al poder, los candidatos ya le están haciendo ‘conejo’ a la normativa ¿qué se puede esperar cuando lleguen a sus cargos para servirle a una ciudad o departamento?.
Lo permitido
Solo hasta tres meses antes de las elecciones, es decir, el próximo sábado, se podrá empezar a hacer propaganda por medios de comunicación. Mediante las resoluciones 1176 de 2015 y 0236 de 2015 se reglamentó el número máximo de cuñas radiales y en televisión, avisos en publicaciones escritas y vallas que podrán utilizar los aspirantes. El total permitido depende del nivel de categoría del municipio o distrito. Por ejemplo, en el distrito capital se permiten hasta 70 cuñas radiales de 30 segundos cada una pero en ciudades de cuarta hasta sexta categoría se permite 30 cuñas al día.
Las opiniones
Felipe García
Vicepresidente Consejo Nacional Electoral
“Hasta el momento no se han impuesto multas, pero sí 57 medidas cautelares que ordenan a los alcaldes retirar el material del espacio público sin perjuicio de una investigación sancionatoria”.
Carlos Arias
Doc. maestría en comunicación U. Externado
“Los incumplimientos a la normatividad del Consejo Nacional Electoral se debe principalmente dos razones: sucede que la reglamentación es débil en algunos aspectos e inoperante en otros”.
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