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Judicial

La Superintendencia de Industria multó a empresas de telefonía por mal servicio

Claro, Movistar, ETB y Tigo-Une deberán pagar más de $6.600 millones por graves deficiencias en la prestación de internet banda ancha hogar

06 de septiembre de 2018

Alejandro Valencia


Colprensa
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De acuerdo a un comunicado de la Superintendencia de Industria y Comercio, se impuso una sanción de $6.600 millones a Claro, Movistar, ETB y Tigo-Une por presentar graves deficiencias en la prestación de servicios de internet banda ancha hogar, por la velocidad entregada a los consumidores y la carencia de información al momento de contratar y utilizar el servicio.

Según la entidad, las pruebas para efectuar la sanción fueron realizadas por la firma NAE, consultores españoles en temas de telecomunicaciones, en las ciudades de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena, Manizales, Medellín y Pereira, durante 2015 y 2016. Esta firma también ha desempeñado la misma función con el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Los resultados de la investigación muestran que los usuarios disfrutaban únicamente, en algunos casos, de la mitad de la velocidad de navegación que al inicio ofrecían las empresas a través de la conexión de una red WiFi en su hogar. En otras palabras, si un usuario tenía contratado un plan de 20 megabytes por segundo, solo llegaba a recibir 10 megabytes y pagaba por 20.

Ante la decisión, Fabio Restrepo, director de protección de usuarios de servicios de comunicaciones de la SIC dijo que “la Superintendencia de Industria y Comercio también encontró que los operadores incurrían en irregularidades derivadas del hecho de no entregar la información de manera completa, clara y suficiente a sus consumidores para que disfrutaran de correctamente de la navegación ofrecida en los paquetes y promociones de dichos servicios. Estas decisiones se adoptaron en primera instancia, lo que significa que contra esta determinación proceden los recursos de reposición y el recurso subsidiario de apelación”.

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