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Hacienda

Las campañas electorales no pueden violar ley de tratamiento de datos personales

Los partidos políticos y sus candidatos podrían enfrentarse a multas de hasta 2.000 salarios mínimos por incumplir la normativa

19 de febrero de 2022

Diego Andrés Stacey Salazar

dstacey@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Nos encontramos en época electoral, lo que quiere decir que los candidatos, tanto al Congreso como a la Presidencia, buscan alternativas para promocionar su campaña y obtener los votos suficientes para ganar el puesto.

Ante esta coyuntura, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió una circular, impartiendo las instrucciones que deben cumplir los candidatos, partidos y movimientos políticos en términos de publicidad durante su campaña.

Lo primero que recordó la SIC es que el desarrollo de las campañas “no suspende el derecho fundamental a la protección de datos personales, cuya normativa sigue plenamente vigente y es de obligatorio cumplimiento”.

Además, hizo explícitas las reglas que deben cumplir las campañas que recolecten datos para su publicidad. Entre ellas está el no utilizar métodos engañosos para recolectar los datos. Además, tienen la obligación de informarle a la persona la finalidad específica del uso de sus datos antes de pedirle autorización para esta acción.

“Debe tenerse en cuenta que el envío de esta información, o la comunicación de las campañas políticas, debe haber sido autorizada expresamente por la persona, al momento de ser requerida”, explicó Edgar Iván León, abogado experto en propiedad intelectual.

Adicionalmente, si una persona no quiere seguir recibiendo información (por medio de llamadas, mensajes de texto o correos) de una campaña política, a pesar de haber concedido su permiso en un primer momento, puede manifestarlo directamente y solicitar el cese inmediato de cualquier comunicación.

Las organizaciones o personas recolectoras de los datos, según Eduardo Varela, socio de Cavelier Abogados, tienen hasta 15 días para cumplir con la solicitud de la persona sobre el uso de sus datos.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo VarelaSocio de Cavelier Abogados

    “En el país está prohibido que a uno le manden publicidad si antes no ha dado autorización para ser incluido en una base de datos. Los recolectores tienen 15 días para atender a su solicitud”.

  • Edgar Iván LeónProfesor de la U. Sergio Arboleda

    “Uno de los bienes intangibles que tienen mayor valor en el mercado es la información personal de los ciudadanos, recopilada por páginas de internet, establecimientos comerciales, u organizaciones”.

En el caso de que no se cumpla esta solicitud, la persona podrá presentarse ante la Superindustria para poner una queja. Según informó la entidad, en 2020 se recibieron 16.237 quejas por protección de datos personales. Se calcula que 11% de las quejas se dieron por el presunto incumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, sobre la que la reclamación más repetida fue “la falta de autorización para recolectar y usar los datos”.

La SIC podrá, entonces, imponer multas de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales vigentes a las personas o entidades privadas, incluidos los partidos políticos, que hayan incumplido con la normativa.

En casos particulares, “la SIC podrá suspender las actividades relacionadas al uso de datos hasta por seis meses o puede cerrar definitivamente la operación”, aseguró León.

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