23 de diciembre de 2024
Suscribirse


23 de diciembre de 2024
Suscribirse
Legislación

“Lista Ofac incluye corrupción, narcotráfico y abusos a derechos”

Las multas por estar en la Ofac son de US$250.000 o el doble de la operación ilegal

18 de abril de 2018

Juan Pablo Vega B.


Canal de noticias de Asuntos Legales

La famosa Lista Clinton ha evolucionado desde su concepto original y hoy cobija varias actividades, distintas al narcotráfico. Javier Coronado, abogado de Diaz Reus Abogados, explicó a AL cómo funciona hoy la figura y que alcance tiene.

¿Cómo funciona hoy la llamada Lista Clinton?

La lista Clinton siendo técnico no se llama así, se conoce la lista así, pero en esta se habla de algo que se llaman las sanciones Ofac, que es la Oficina de Control de Activos en el Extranjero, pero no empieza ni termina con la Lista Clinton. El Departamento del Tesoro o el presidente de Estados Unidos, por muchas razones que no son solo narcotráfico, decide incluir en dos listas a una persona o empresa.

¿Cuál es la primera consecuencia de estar en la lista Ofac?

Cuando alguien aparece en la lista, a todas las personas de Estados Unidos les queda prohibido cualquier operación comercial o financiera con ese nombre. Es la muerte comercial de esa persona. Hay efectos reflejos de la inclusión en esas listas, y es que las empresas prefieren no comerciar con nombres en las listas, así no sean de EE.UU., porque si hacen algunas operaciones se acogen a multas o que los incluyan.

¿Cómo funcionan hoy las listas de la Ofac?

Son dos listas, la de nacionales especialmente designados y la de narcotraficantes especialmente designados. Cuando se refieren a la Lista Clinton, es la lista de narcotraficantes especialmente designado, pero en la primera pueden ir por razones muy diferente. En 2016 salió la Ley Magnitsky, que faculta al Departamento del Tesoro y al presidente a agregar en estas listas, no solo personas con narcotráfico, sino personas relacionadas con corrupción o abusos de derechos humanos. El universo de la lista Clinton de 1995 hoy se expandió y solo es una parte de lo que hace la Ofac.

¿Cómo son las sanciones?

Hay algunas que se limitan a actividades económicas. Por ejemplo, el comercio con Venezuela está blindado porque son sanciones económicas, no se tiene que demostrar las mismas cargas de un proceso penal, solo con una información que crean creíble. Hay países como Venezuela y Cuba con programas de sanciones, la gente cree que hay un programa de sanciones para colombianos, pero eso no existe. Un colombiano como cualquier persona puede terminar en la lista.

¿Es decir que la Lista Clinton no es solo para Colombia?

Eso no es así, ni tampoco es un proceso penal, son sanciones fundamentalmente económicas y es posible salir de la lista. En la oficina hemos tenido casos donde le demostramos al Departamento del Tesoro que la información es equivocada y no había motivo para incluir a una empresa o persona en la lista.

¿Quién entra a la lista?

Acá no solo se incluye al líder de una organización, sino a cualquier persona que se haya relacionada. Hay empresas que no tuvieron nada que ver, pero se conectaron con alguna operación.

¿Cuántos nombres de colombianos hay hoy?

Según el reporte de la Superintendencia de Sociedades, son más de 800 empresas de todos los sectores, desde retailers, empresas comerciales, hasta transporte, o mineras. El dato exacto de individuos es difícil, además porque la Ofac no tiene filtrado por países. El tema de la Ofac en Colombia no termina solo en narcotráfico.

¿Cuáles son las multas?

Como las sanciones son altas, las empresas tienen en sus partes legales áreas de cumplimiento normativo, áreas contra lavado de activos, para evitar comercia con nombres de la lista, porque las multas son de US$250.000 o el doble de la operación no autorizada que se ha hecho. Si un banco dio US$500.000 a una persona en la Lista Clinton, la multa es de US$1 millón y la posibilidad de terminar en la lista.

¿Ya hay sancionados en Colombia por la Ley Magnitsky?

No se ha sancionado a nadie acá, pero sí en otros países como Panamá, Nicaragua. Este mecanismo es ágil porque no es como un proceso penal, que exige cargas y el cumplimiento de demostrar la responsabilidad, el derecho a ser escuchados, entre otras cosas. La Ofac recibe información, verifica y si cree que es creíble, sanciona y luego permite demostrar. Es efectivo porque es la muerte económica, que va con sanciones migratorias. Eso es más disuasivo que un proceso penal.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA