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Legislación

Los clientes deben aceptar el pago de la propina antes de que se emita la factura

Los consumidores tienen la facultad de no pagar la propina o modificar el valor sugerido por los establecimientos comerciales

14 de septiembre de 2022

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio actualizó la Circular Única que regula las disposiciones sobre el pago de propina, que incluye normas sobre cómo se deben informar los precios, la voluntariedad de pagarla o el derecho a no hacerlo, entre otros.

La autoridad recordó que la propina es un reconocimiento voluntario que da el consumidor por el servicio recibido, por lo que puede no pagarse, y si bien los establecimientos pueden sugerir su valor, sin exceder 10% del valor de la cuenta, hay que preguntar antes de entregarla si desea incluirla o no, o modificar el monto que quiere pagar. Además, si antes de emitir la factura no se consultó al consumidor y se incluyó la propina, este tiene derecho a modificarla para no hacerlo.

Los establecimientos, además, deben tener en su entrada, cartas y listas de precios, información sobre la voluntariedad de la propina, su destinación y el derecho de no pagarla o modificar la cuantía sugerida. El aviso, además, tiene que informar que, ante cualquier inconveniente, los usuarios pueden acudir a la SIC.

En lo que tiene que ver con los precios, la entidad recordó que deben informarse a través de listas o cartas físicas. "Sin importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye dicha obligación", dice el documento.

Además, los sitios no pueden exigir datos personales, permisos de acceso a aplicaciones o registros en páginas web para visualizar los precios. Tampoco se deben utilizar en los listados elementos que induzcan a error sobre el valor del producto, "como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo 'precios en miles de pesos colombianos' o '20K'; o utilizar expresiones indeterminadas como 'según el tamaño' o 'según el peso'; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano".

Estas normas regirán desde el 5 de noviembre de 2022 y quienes incumplan las disposiciones de la circular se exponen a sanciones de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales.

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