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Judicial

Los matices del fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso contra Nicaragua

Varios expertos debatieron en la Universidad Externado de Colombia con los agentes de Colombia sobre el alcance de la decisión

28 de abril de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Con el fin de profundizar en las implicaciones del fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el pleito entre Colombia y Nicaragua, la Universidad Externado de Colombia y LR realizarán el conversatorio “Luces y sombras sobre los derechos soberanos y los espacios marítimos de Nicaragua y Colombia en el Caribe Occidental: Comentarios a la sentencia de la Corte Internacional de Justicia”.

En el evento participaron Carlos Gustavo Arrieta, agente de Colombia en el proceso; Manuel José Cepeda, quien se desempeñó como coagente; y los docentes Eric Tremolada, María Teresa Aya, Natalia Castro y Wilfredo Robayo.

Durante el primer panel, denominado “Cumplimientos en los deberes y obligaciones en la gestión de espacios marítimos”, Manuel José Cepeda, inició con un recuento sobre los puntos específicos del fallo de La Haya, señalando que Colombia objetó objetado la jurisdicción de la Corte Internacional específicamente en dos puntos, referentes a la presencia de la Armada Nacional en el mar nicaragüense y el reconocimiento de los límites territoriales.

En ese sentido, recordó que Nicaragua presentó una solicitud de medidas cautelares hacia Colombia, ya que, según el país, se habían violado las determinaciones que se tomaron en los fallos anteriores. “Nicaragua trató de generar incidentes para crear una solicitud de medidas cautelares. Colombia siempre respondió ante esto” manifestó Cepeda.

De esta manera, explicó que Nicaragua inició un proceso de escalamiento a la violación que le atribuyó a Colombia, presentándolo como un país que adoptó una política pública de rechazo hacia el fallo, con la intención de justificar el patrón de violaciones a los derechos constitucionales.

Esto fue contrastado por Eric Tremolada, quien señaló que, en todo caso, se violaron los acuerdos internacionales, así la Corte hubiera especificado que solamente sucedió en 16 casos de los 51 incidentes que se presentaron, debido a la interrupción de la pesca por parte de un capitán de una embarcación de la Armada colombiana.

LOS CONTRASTES

  • Manuel José CepedaCoagente de Colombia

    “Nicaragua planteó una estrategia de escalamiento de la violación, porque presentó a Colombia como un país que adoptó una política pública de rechazo al fallo”.

  • Wilfredo RobayoProfesor de Derecho Internacional

    “Se minimiza la responsabilidad internacional, ya que solamente lograron probar unos daños. La responsabilidad existe y Colombia es responsable”.

En esta línea, Wilfredo Robayo, aclaró la responsabilidad que tenía el país frente a los episodios que se presentaron en el territorio nicaragüense. “Se minimiza la responsabilidad internacional porque solamente lograron probar unos daños. La responsabilidad existe y hay que entrar a decir que Colombia fue internacionalmente responsable”, manifestó.

Sin embargo, frente a estas argumentaciones, Cepeda dijo que los ejes principales de la demanda de Nicaragua se perdieron, ya que la Corte solo concedió la responsabilidad por esos 16 incidentes, probando que Colombia no prohibió la pesca de la embarcación.

En el segundo panel, llamado “Reivindicaciones de la República de Colombia a través de las demandas de reconvención”, el agente Arrieta dio inicio a su intervención argumentando que Colombia pudo pasar a la ofensiva aprovechando los “papayazos” que estaba dando Nicaragua.

En principio, explicó que la comunidad Raizal no tiene una historia muy clara y no hubo las suficientes evidencias de que la pesca sea un proceso cultural ancestral; sin embargo,sí existía una violación de los derechos de los pescadores por parte de Nicaragua, al interrumpirles el paso a los pescadores.

“La tradición de pesca es una en la que no hay casi evidencias físicas de la comunidad, sin embargo, se usaron todas las pruebas que pudimos encontrar”, dijo. Sin embargo, resaltó el hecho de que la Corte pudiera proteger los derechos de tránsito de la comunidad, además de afirmar que los miembros de la Armada pueden proteger a los integrantes de la comunidad que realicen estas actividades.

Natalia Castro respondió que no hay unas bases claras sobre la protección del medio ambiente y los derechos de los Raizales, puesto que se deben ver desde aspectos diferentes a lo económico. “En una lucha contra un oso, es defenderse con una espada y escudo de cartón”, señaló.

Además, dijo que, jurídicamente, Colombia no intentaba ganar estos puntos, “más que todo, lo que quería hacer era quedar bien”. Esto, en contraposición a lo expuesto por Arrieta, quien sostuvo que lo que ellos realmente intentaron hacer fue crear una base jurídica para que Colombia pueda implementar una protección ambiental.

“Lo que queremos hacer es crear un marco jurídico más novedoso, y no para poder quedar bien. Por lo menos están sentadas las bases para mayores temas en es sentido”, respondió el agente.

María Teresa Aya cuestionó hasta qué punto Colombia iba a defender los derechos de la tierra sobre el mar, a lo que Castro agregó que, si Colombia dice que en el Caribe se tiene derecho a la pesca libre, se debe atener a que otros países hagan lo mismo en aguas nacionales.

Recapitulando los paneles, Bernando Vela recordó que este fallo se debe poner en la historia, y dijo que no se puede olvidar que, en todo caso, en la Corte se perdió un pedazo del mar.

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