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Legislación

Nuevo decreto mantiene en primer semestre reestricción de parrillero en Cali

La restricción está vigente para hombres mayores de 14 años y aplica las 24 horas del día y los siete días de la semana.

06 de enero de 2019

Colprensa


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La Alcaldía de Cali confirmó que sigue vigente la restricción del acompañante hombre en motocicletas, conocido comúnmente como parrillero.

Así quedó establecido en un decreto del 4 de enero del 2019, que por ahora mantiene la restricción durante el primer semestre del presente año con el objetivo de frenar las actividades delictivas como el homicidio y el hurto en el que se han visto involucrados hombres que viajan como parrilleros en motos.

La restricción está vigente para hombres mayores de 14 años y aplica las 24 horas del día y los siete días de la semana.

Las personas que infrinjan esta restricción serán sancionadas con multas de hasta dos salarios legales mínimos mensuales, es decir $1.656.232.

El decreto le ordena a la Policía hacer los operativos de rigor pertinentes e imponer los comparendos a los infractores.

El subsecretario de Seguridad de Cali, Pablo Uribe, explicó que este nuevo decreto eliminó una excepción anterior para trabajadores de empresas de servicios públicos, como Emcali, y de telefonías celulares, entre otros.

"Antes se permitía el parrillero hombre a empleados de empresas como Emcali, Claro, entre otras. Pero conversamos con el Gerente de Emcali y nos dijo que no había razón para mantener esa excepción, que en cambio podía ser usada por criminales para evadir la ley", argumentó Uribe.

El Subsecretario aclaró que esta restricción al parrillero hombre siempre se mantuvo y "nunca hubo sentencia judicial anulando el acto administrativo".

Cabe aclarar que en el decreto de Pico y Placa que entró en vigencia desde el 28 de diciembre de 2018, también se prohíbe “en todo horario, la circulación de vehículos tipo motocicleta con acompañante menor de diez años”.

“Estas restricciones vienen desde varios años atrás, se aplican cada año, son medidas por seguridad vial, los niños son los más vulnerables, en caso de un evento de tránsito los cascos hoy no son aptos para la protección de los cráneos de los niños, entonces por eso no es adecuado que circulen como parrilleros en las motocicletas, y menos como conductores”, explicó Juan Carlos Orobio, secretario de Movilidad.

¿Quiénes pueden circular con parrillero hombre?

El decreto exceptúa de la restricción a:

El personal perteneciente a la Fuerza Pública, Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Autoridades de Tránsito y Transporte, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud.

También al personal perteneciente a las empresas de seguridad privada en ejercicio de sus labores, quienes deberán portar las correspondientes identificaciones pertinentes que incluyen, carné y uniforme definido por la empresa, además de la autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia Privada .

Al personal de instructores perteneciente a las escuelas de enseñanza, debidamente registradas, habilitadas por el Ministerio de Transporte y a personas con discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental, limite su movilidad, debidamente acreditado conforme con las disposiciones legales vigentes.

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