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Judicial

Procurador Fernando Carrillo admitió contratos con el Grupo Aval antes de asumir el cargo

El funcionario reconoció que los asesoró en temas comerciales.

27 de noviembre de 2018

César D. Rodríguez Flórez


Colprensa
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El procurador general de la Nación, Fernando Carrillo, dio a conocer, a través de un comunicado, que tuvo contrato con el Grupo Aval antes de ser el jefe del Ministerio Público.

En el texto, el funcionario reconoce que en su condición de Procurador General suscribió directamente la Acción Popular dirigida contra la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S y todas las sociedades que la conforman, sin exclusión alguna.

"A partir de la demanda, como actor popular o demandante pedí las medidas cautelares que llevaron al embargo de las cuentas de todos los socios y se logró que el corredor vial volviera a manos del Estado, como en efecto ocurrió en agosto del año pasado", añade en el escrito.

Estos fueron los seis puntos mediante los cuales el procurador Fernando Carrillo aseguró además que se ha tratado de insinuar que él está impedido para fallar disciplinariamente.

1. En el año 2016 desarrollé, entre otras actividades de consultoría, un contrato laboral de asesoría con la firma Adminegocios & Cía. S.C.A., para la promoción y comercialización nacional e internacional del Edén Centro Comercial, perteneciente a la OLCSA.

2. Ninguna de las obligaciones derivadas del objeto del contrato tuvo relación directa o indirecta con las funciones jurídicas, de control o de intervención judicial que la Constitución y la ley le atribuyen al Procurador.

3. Tampoco tuvieron que ver directa o indirectamente con las empresas vinculadas con la Concesión Ruta del Sol 2, y menos con los actos de corrupción hoy cuestionados. No contemplaba ningún tipo de conceptos o asesorías de carácter legal.

4. El desarrollo de este contrato no genera ningún impedimento para ejercer mi función como Procurador General de la Nación. No emití concepto alguno sobre asunto que haya sido o esté tramitándose ante la entidad, conforme al artículo 84 de la Ley 734 de 2002.

5. Tampoco se presenta conflicto de intereses, porque el propósito general que he defendido en el ejercicio de la función pública a mi cargo, no se vio ni se ha visto afectado por interés particular alguno que pudiera tener relación con el mencionado vínculo contractual.

6. A propósito de las empresas donde la OLCSA es parte, la imparcialidad de la Procuraduría ha sido evidente. A continuación se relacionan algunas de las intervenciones que dan cuenta de la contundencia e imparcialidad ante la Concesión Ruta del Sol 2.

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