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Judicial

Procuraduría profirió cargos contra el exdirector del Centro de Memoria Histórica

Para la Procuraduría2, los investigados aparentemente desconocieron lo establecido en el decreto que reglamenta la contratación con entidades sin ánimo de lucro

06 de septiembre de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Procuraduría General de la Nación
Colprensa
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La Procuraduría informó que profirió pliego de cargos contra el exdirector general del Centro Nacional de Memoria Histórica, Rubén Darío Acevedo Carmona (2019 – 2022), y la exdirectora para la Construcción de la Memoria de esa entidad, Martha Giovanna Pérez Zapata.

El motivo, según lo informado habrían sido presuntas irregularidades en la firma de dos convenios para documentar hechos de interés público para el país.

La investigación apunta a que presuntamente los convenios fueron suscritos de manera directa con instituciones universitarias sin ánimo de lucro, cuando lo procedente era la convocatoria de un proceso competitivo que permitiera la participación de varios oferentes.

En el primer caso, "la entidad firmó un convenio con la Universidad Autónoma de Occidente con un presupuesto total de $110 millones, con el fin de documentar el secuestro de 194 personas que se encontraban en la iglesia La María, en Cali, el 30 de mayo de 1999".

Por otro lado, el segundo documento fue suscrito con la Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium con un presupuesto de $98 millones y habría tenido la finalidad de difundir la vida y obra de monseñor Isaías Duarte Cancino, asesinado en la capital del Valle del Cauca el 16 de marzo de 2002.

Para la Procuraduría, los investigados aparentemente desconocieron lo establecido en el decreto que reglamenta la contratación con entidades sin ánimo de lucro pues "no se adelantó un proceso competitivo “que permitiera la selección objetiva de la entidad con la que se celebrarían los convenios, y en su lugar aplicó como modalidad de selección la contratación directa, bajo el argumento de que el decreto en comento se encontraba suspendido por decisión del Consejo de Estado”.

Por lo anterior, la Procuraduría calificó la presunta conducta de los investigados como una falta gravísima. Puntualmente, a Acevedo Carmona, la habría cometido a título de culpa gravísima, mientras que Pérez Zapata a título de dolo.

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