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Legislación

Quedó reglamentado pago de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad

Este decreto responde e implementa una ruta de acción para el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común

05 de agosto de 2022

Daniella P. Rodríguez

dprodriguez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

El trámite de las prestaciones económicas del sistema escala un nuevo eslabón referente al pago de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad. Mediante Decreto 1427 de 2022, la cartera de salud reglamentó las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y dictó instrucciones para la creación del Sipe (Sistema de Ingresos y Prestaciones Económicas). Este último fue integrado por las entidades que intervienen en la financiación, flujo y administración de recursos, reconocimiento y pago de tales prestaciones.

En el texto se afirma que el Ministerio de Salud y Protección Social definirá este sistema de información de incapacidades y licencias a través de un portal web, en línea y centralizado que permita tener la trazabilidad y flujo de los recursos. Este sistema se podrá desarrollar por fases, iniciando por el módulo de incapacidades.

Este decreto responde e implementa una ruta de acción para las necesidades existentes desde los sectores que demandaban reconocimiento y pago de incapacidades de origen común y licencias de maternidad y paternidad. Además de los casos que se habían presentado bajo el denominado "cartel de las incapacidades".

El acto administrativo busca frenar la replicación de casos que resultan irregulares porque como las incapacidades y licencias se pagan teniendo en cuenta el IBC (Ingreso Base de Cotización) vigente al momento del inicio, lo que estaban haciendo es que justo el mes antes de que una trabajadora saliera a licencia de maternidad, le subían mucho el salario a la persona, cotizaban a seguridad social, pero luego durante los casi meses de licencia recibían mucha del monto referido. Con la norma establecida, se busca que no haya variaciones exhorbitantes

La viceministra de Protección Social, MaríaAndreaGodoy Casadiego, aseguró “que con este decreto se crean una serie de disposiciones que permiten llenar vacíos que existían en situaciones particulares como licencias de maternidad por partos múltiples, en caso de que un menor naciese con alguna condición de discapacidad, así como licencias expedidas en otro país”.

El apartado legal concierne, a su vez, a la definición del trámite a seguir en casos particulares como extensión de la licencia en casos de custodia, fallecimiento o enfermedad de la madre biológica, circundando una amplia variedad de hechos en acción de respuesta.

La directiva asegura también que se aportan las definiciones técnicas aplicables al proceso de expedición, reconocimiento y pago de prestaciones económicas. Así como los requisitos y documentos que deben ser presentados, y el detalle de los tiempos y procesos que deben surtirse para garantizar la oportuna liquidación y pago.

“En el Decreto 1427 de 2022 se fijan plazos únicos para la revisión y liquidación de las solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas (15 días hábiles) y para el pago de las mismas al aportante (5 días hábiles), estableciendo el pago mediante transferencia electrónica”, explicó.

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