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Judicial

Representantes denunciarán a la ministra de Minas y Energía por pánico económico

La iniciativa es de dos congresistas del Centro Democrático, sin embargo, la historia muestra que es muy improbable que prospere

11 de octubre de 2022

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Los representantes a la Cámara Óscar Villamizar y Juan Espinal, del Centro Democrático, denunciarán a la ministra de Minas y Energía, Irene Vélez, por el delito de pánico económico, argumentando que, con sus comentarios, se ha generado incertidumbre en el sector energético.

“La doctora Irene Vélez Torres durante su ministerio ha venido realizando afirmaciones falaces en distintos medios de comunicación de amplia circulación a nivel nacional que han generado zozobra, pánico y alarmas en el sector de minería, hidrocarburos e infraestructura energética en el país”, dice la denuncia, revelada por Semana.

Según los denunciantes, varias empresas han frenado sus inversiones por cuenta de los anuncios de la titular de la cartera energética, lo que afectaría la productividad, y las repercusiones de sus declaraciones son "cuantificables objetivamente: disminución de la valorización de la Bolsa de Valores de Colombia y de la acción de Ecopetrol en el mercado bursátil”.

El delito de pánico económico está tipificado en el artículo 302 del Código Penal, y establece que "el que divulgue al público o reproduzca en un medio o en un sistema de comunicación público información falsa o inexacta que pueda afectar la confianza de los clientes, usuarios, inversionistas o accionistas de una institución vigilada o controlada por la Superintendencia Bancaria o por la Superintendencia de Valores o en un Fondo de Valores, o cualquier otro esquema de inversión colectiva legalmente constituido" se enfrentará a una pena de prisión de 32 a 144 meses y una multa de 66,6 a 750 salarios mínimos mensuales.

Las mismas penas aplican para quienes usen los mismos medios "con el fin de provocar o estimular el retiro del país de capitales nacionales o extranjeros o la desvinculación colectiva de personal que labore en empresa industrial, agropecuaria o de servicios".

Es importante aclarar que este delito de mera conducta, es decir, no es necesario que se materialicen las consecuencias para que se configure. De hecho, la pena se aumentará a la mitad si efectivamente, se produce el efecto, como puede ser el retiro de capitales producto de esa información difundida.

Dicho lo anterior, vale la pena mencionar también que es altamente improbable que una denuncia de este tipo resulte en una condena, por la dificultad de probar el efecto causal entre las declaraciones y, por ejemplo, la caída de una acción en la bolsa.

Como recordó el penalista Fabio Humar, esto se ha intentado varias veces, sin embargo, es muy difícil que prospere y son varios los ejemplos de ello: la denuncia contra el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por el desplome en la acción de Conconcreto; la de Germán Efromovich contra Roberto Kriete; o la que se presentó contra el entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, por el desempeño de la acción de ETB.

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