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Legislación

Requisitos para presentar una demanda ante la Superintendencia de Industria como consumidor

Más de 46.000 demandas se han presentado en lo corrido del año ante la entidad por violaciones de los derechos del consumido.

27 de noviembre de 2019

José González Bell


Canal de noticias de Asuntos Legales

Se acerca la navidad y con ella la época de compras y regalos. Serán miles de productos y servicios que los colombianos adquirirán y algunos de estos no cumplirán nuestras expectativas. Es por esto que debe saber que como consumidores tenemos derechos que, en caso tal de ser vulnerados, los podemos proteger por medio de herramientas legales.

De acuerdo con la Superintendencia de Industria y Comercio, más de 46.000 demandas se han presentado en lo corrido del año ante la entidad por violaciones de los derechos del consumidor. Del total, 33.000 procesos han sido resueltos, es decir 65% de los casos. Además, del total de las demandas, 76% se relaciona con el incumplimiento de las garantías.

Precisamente, la demanda es una de las herramientas legales que tienen los consumidores para defender sus derechos. Sin embargo, antes de interponer este recurso ante la SIC, el comprador del producto debe dirigirse directamente ante el proveedor, comercializador o fabricante, exponiéndole las razones de su inconformidad, ya sea de manera verbal o escrita.

El proveedor tiene la obligación de recibir su reclamación y responder en un término máximo de 15 días hábiles. Pero si en ese lapso de tiempo no responde o dicha respuesta es insatisfactoria, usted puede iniciar el proceso de demanda, que es diferente a las quejas y a las denuncias, pues con este recurso se busca la reparación, cambio del bien o devolución del dinero. En cambio, las otras dos opciones buscan proteger el interés general de los consumidores y dejar un precedente ante el ente de control, así lo explicó María Carolina Corcione, delegada para la protección al consumidor de la SIC.

Por su parte, Mario Herrera, docente del programa de Derecho del Politécnico Grancolombiano, expresó que según lo establece el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011, todo productor debe asegurar la idoneidad y seguridad de los bienes y servicios que ofrezca o ponga en el mercado, así como la calidad ofrecida.“Si el productor o distribuidor de un producto o servicio no cumple con esos requisitos de calidad, de seguridad o de idoneidad estará obligado a responder legalmente por las consecuencias de su incumplimiento”, expresó el experto.

De este modo, el demandante debe dejar claro cuáles son las pretensiones, es decir, si es una devolución del dinero, la entrega del producto o, incluso, ser reparados por los perjuicios causados por la calidad del producto. En este sentido, si solicita indemnización debe incluir el juramento estimatorio. Debe tenerse en cuenta que no requiere estar representado por un abogado cuando el valor de las pretensiones no exceda los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($33 millones), si supera esta cifra deberá contar con un representante legal.

Melissa Soto, abogada de Cavalier Abogados, explicó que en el proceso ambas partes (consumidor y productor) deben mostrar pruebas, las cuales serán analizadas por un juez, que también escuchará las razones de ambas partes. Una vez terminado este paso, el ente de control tomará una decisión, la cual no es apelable, pues son casos de única instancia.

Los fallos son publicados en la página de la SIC, en la cual también se pueden descargar los formatos de demanda y hacer el proceso. Turismo y construcción son los sectores con más quejas .

LOS CONTRASTES

  • Mario HerreraDocente del Poligran

    “Si el distribuidor de un producto o servicio no cumple con esos requisitos de calidad, de seguridad o de idoneidad, estará obligado a responder legalmente por las consecuencias de su incumplimiento”.

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