SIC decretó medida cautelar de embargo de cuentas bancarias contra dos constructoras
Las razones para que se decretara esa medida fue que se transgredió el derecho de garantía y el derecho a la reparación efectiva
09 de abril de 2024La Superintendencia de Industria y Comercio decretó de urgencia una medida cautelar contra las sociedades Estrategia Urbana S.A.S. e Inversiones Alcabama S.A., consistente en sus cuentas bancarias.
Esto debido a la construcción del edificio Dimonti II, sin tener en cuenta las normas obligatorias sobre sismoresistencia, sin solucionar las fallas estructurales y sistemáticas que presentan los bienes inmuebles adquiridos por los propietarios.
Las razones para que se decretara esa medida cautelar "obedecieron a que las constructoras transgredieron el derecho de garantía", señala Alexánder Sánchez Pérez, delegado de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC. Derecho que está señalado en el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011.
"Y el derecho a la reparación efectiva", añade, establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 11 de la misma ley, además de estar en el parágrafo 2 del artículo 13 del decreto 735 del 2013.
"Se ordenó el embargo de las cuentas bancarias de las empresas constructoras responsables de la ejecución de las obras a fin de proteger los derechos de los ciudadanos que podrían verse afectados ante la posibilidad de un eventual siniestro o de la decisión de demolición por parte de las entidades o autoridades distritales competentes", indicó Sánchez Pérez.
Los hechos se dieron debido a la adquisición de un apartamento y un parqueadero por dos ciudadanos en febrero de 2012, quienes celebraron el contrato de compraventa con Fiduciaria Bogotá S.A., sociedad administradora y vocera del patrimonio autónomo Las Flores.
Tiempo después, debido a los riesgos que estaban expuestos con ocasión de los daños evidenciados como hundimientos, deterioros, agrietamientos y resquebrajamientos, le solicitaron a Estrategia Urbana S.A.S. e Inversiones Alcabama S.A. la realización de las reparaciones.
En 2020 una curaduría urbana le otorgó licencias a los demandados para corregir las fallas, con vigencia de dos años. La reparación no fue finalizada, poniendo en riesgo la seguridad, el patrimonio, la vida y la integridad física de los habitantes.
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