El Departamento del Cesar está empezando a ver el marchitamiento de la industria del carbón que, durante muchos años, fue la fuente más importante de recursos económicos y empleo formal. Con fecha 12 de agosto de 2024, mediante la resolución 544, la Agencia Nacional de Minería, en cumplimiento de un acuerdo conciliatorio en una acción popular, al cual accedió, dio lugar a un pacto de cumplimiento aprobado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que le obligaba a dar por terminado el proceso de selección objetiva en la Ronda de Carbón para asignar unas áreas en los municipios de La Jagua y Becerril, que materializó con la citada resolución.
Esto va de la mano de otra decisión que previamente había tomado el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de declarar como zona de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del ambiente, mediante resolución No. 722 del 26 de julio de 2023, unas áreas en los municipios de Robles, San Diego, Agustín Codazzi, Becerril, La Jagua de Ibirico, La Paz y Manaure Balcón del Cesar.
En cuanto al Departamento de la Guajira, a través de la misma resolución del MADS se declaró zona de protección ambiental unas áreas en los municipios de La Jagua del Pilar, El Molino Villanueva, Urumita, San Juan del Cesar y la Cuenca del río Cesar. En esas áreas se le prohíbe a la Agencia Nacional de Minería, otorgar nuevas concesiones mineras, contratos especiales de exploración y explotación y cualquier otro tipo de contratos sujetos a regímenes especiales. Cabe anotar que los regímenes especiales están dados principalmente, para las áreas de reserva especial para minerales estratégicos y para los procesos de formalización minera.
Finalmente, se cierra el círculo con la decisión adoptada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien a través del Decreto 1047 del 14 de agosto de 2024, prohibió las exportaciones al Estado de Israel de Hullas térmicas (Carbón) clasificadas en la subpartida arancelaria 2701.12.00.10. Se prevé en dicho decreto, respetar las situaciones jurídicas consolidadas o las expectativas legítimas, que puedan ser acreditadas, y así poder continuar con el proceso de exportación iniciado. Sólo si se puede verificar el cumplimiento de los requisitos previstos en el decreto, se reconocerá o no, que existían negocios jurídicos perfeccionados, que deban permitirse concluir. Como se había explicado en una columna anterior sobre este tema, esta medida de prohibición se mantiene por parte de Colombia, hasta que se cumplan a cabalidad “las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el proceso de aplicación de la Convención para la Prevención y Sanción del delito de Genocidio en la Franja de Gaza”.
Han sido múltiples las voces de los gremios empresariales sectoriales, y de los expertos economistas del país, sobre las implicaciones de esas medidas, para la Nación. Sin embargo, lo que preocupa a estas alturas, son las decisiones que deben tomarse a nivel regional, por parte de los mandatarios de los Departamentos de Cesar y Guajira, así como los alcaldes de los municipios productores de carbón, respecto del futuro económico y social de estas zonas. Se viene una crisis importante que hay que atender en varios frentes. Lo intempestivo de las decisiones del ámbito nacional, ha hecho que no se esté suficientemente preparado a nivel regional y local. Las empresas ya están suspendiendo los contratos de trabajo y es posible que vengan despidos masivos. La inquietud de muchos es qué opciones existen para diversificar las actividades productivas y dar empleo formal a los trabajadores que quedan cesantes. Al sector académico le preocupa que el cierre de las minas sea justo, en el marco de la transición energética. Hay que seguir atentos a lo que suceda a futuro.
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