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OPINIÓN

Prohibir o incentivar

11 de mayo de 2024

Adriana Martínez Villegas

Presidente de Martínez Córdoba & Abogados Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Nuestra política de transición energética se ha fundado en la prohibición del uso de combustibles fósiles. No se ha combinado con incentivos para el cambio de las formas de producción y los hábitos de consumo, salvo que el impuesto al carbono se considere un incentivo. Tampoco le estamos trabajando, con el suficiente entusiasmo, a las soluciones basadas en la naturaleza, que sí podrían hacer un aporte importante, y contribuir de manera notoria al cambio climático. Se debe insistir en que para Colombia las soluciones basadas en la naturaleza, respecto del lánguido resultado de no usar más combustibles fósiles, sí pueden ser un aporte al conjunto global, que marque la diferencia. Pero lo que quisiera traer a colación en esta ocasión es la Ley de Reducción de la Inflación de los Estados Unidos, que actualizó los créditos fiscales que dan la oportunidad a las empresas de cambiar sus sistemas de producción, de manera que, con la implementación de innovación y avances tecnológicos, puedan mejorar la captura, eliminación, uso, transporte y almacenamiento de carbono. Se reconoce a las empresas la voluntad de mejorar su desempeño ambiental, pero también que, desde el punto de vista financiero, no les ha sido posible hacer la reconversión y los cambios en sus sistemas de producción. Para eso muchas de ellas necesitarían construir unas instalaciones especiales de captura de carbono en sus plantas y fábricas, que implican una inversión de capital cuantioso e impagable para la mayoría. En muchas ocasiones el CO2 es liberado por las reacciones químicas que se dan en los procesos productivos y es ahí donde se centra el esfuerzo de esta idea. Resulta destacable que en este enfoque no se satanizan los energéticos, sino que se prioriza la captura de carbono tras la combustión, como una herramienta práctica de descarbonización.

Gracias al crédito fiscal contenido en la ley citada de 2022 hoy las empresas norteamericanas pueden tener acceso a través de un pago directo, a 85 dólares por tonelada capturada de CO2, como un incentivo a la mejora. Se busca que sea rentable acometer las inversiones necesarias para lograr el cambio en la producción. ¿Por qué 85 dólares y no los 45 anteriores? Una consideración técnica para haber incrementado el pago del crédito fiscal es que en un proceso productivo cuando la corriente de CO2 es muy pura, su captura no es costosa, pero en la medida en que, en esa misma corriente, la concentración de CO2 sea diluida, la captura se hace más costosa. Con la nueva cifra la idea es que se beneficien inicialmente industrias como la siderúrgica, la cementera, las refinerías, la producción de hidrógeno, la petroquímica y las termoeléctricas que generan con gas natural. Estas porque se considera que contribuyen significativamente con sus emisiones. Se les amplió el término de inicio de la construcción de los proyectos, hasta el año 2033, lo cual será otro factor de apoyo para las empresas.

Por supuesto es relevante que además de tener la tecnología para los equipos de captura, se tengan los sitios de almacenamiento. La idea que tiene ese país es contar con un centro integrado de transporte y almacenamiento para el CO2.

Gracias a esta ley, se genera un beneficio para las industrias que les permite diferenciarse de otras, dada la poca cantidad de CO2 que se liberaría con las instalaciones de captura, al fabricar los productos que comercializan. También se crearán nuevas industrias dedicadas a la producción de los equipos para la reducción y eliminación de emisiones de carbono. Habrá un conjunto de tecnologías viables económicamente, que se ocuparán de un elemento a disponer: el CO2. Discretamente se está dando vida a un nuevo mercado, impulsado desde el Estado, con un incentivo tributario que sí sea efectivo.

*Adriana Martínez, presidente de Martínez Córdoba & Abogados Asociados

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