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OPINIÓN

Mesas Ambientales en el Territorio Nacional

13 de abril de 2016

Ana María Castro

& Abogados Asociados
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Según el proyecto de ley, las mesas ambientales serán instancias políticas, autónomas e incluyentes, cuyo propósito será, contribuir a la gestión participativa del desarrollo ambiental en el ámbito municipal y departamental, buscando a través de procesos de reflexión, planificación, concertación, coordinación, educación, comunicación y gestión incidir en: i. El direccionamiento de políticas públicas y participación en procesos de planeación local (como planes de Ordenamiento Territorial y Planes de Desarrollo), ii. El desarrollo de soluciones y alternativas de mejoramiento ambiental y la calidad de vida en el territorio desde los municipios y en articulación con las autoridades ambientales, iii. La creación de cultura ambiental en los municipios y iv. El fortalecimiento y veeduría de las potencialidades ambientales presentes en cada territorio. 

Dichas mesas, son consideradas como canales de mediación entre las comunidades y Estado para aportar a la construcción y transformación participativa de la ciudad, en los temas de sostenibilidad ambiental en cada municipio. Sin embargo, las mismas no incluyen la participación de otros sectores productivos, como actores influyentes en el desarrollo de las entidades territoriales, los cuales intervienen de manera directa con el desarrollo sostenible del país. A su vez, las mesas ambientales podrán estar compuestas por las Juntas Administradoras Locales, Juntas de Acción Comunal, el sector social, el sector institucional ambiental a nivel gubernamental, el sector educativo y grupos de poblaciones, la pregunta que surge es: ¿Dónde queda dentro de las mesas, la participación de los demás ministerios, de los gremios o de las empresas privadas? ¿Dónde queda la participación intersectorial, interinstitucional e interdisciplinaria?, entonces no es cierto, que la composición de las mesas ambientales esté sujeta a las dinámicas sociales, ambientales y económicas de cada territorio, ya que no se contempla la participación de los demás sectores diferentes al ambiental y a la participación territorial. 

El proyecto de ley contempla, que las mesas ambientales serán de carácter municipal y cada una de ellas debe elaborar un plan ambiental que servirá de guía en su quehacer y donde se consignarán uno de los proyectos y las actividades, de acuerdo a los diagnósticos de los municipios, pero tal y como su nombre lo indica, al ser un plan ambiental, únicamente hay cabida para discutir las potencialidades ambientales de cada territorio, dejando por fuera las demás actividades productivas que indicen en el desarrollo ambiental y territorial de los entes territoriales. 

Es entonces claro que, de nuevo se intenta crear mecanismos que no tiene una utilidad significativa para el país. Las mesas ambientales, deben ser mecanismos de concertación y espacios de participación entre las autoridades de todos los sectores, que tengan como propósito, promover el desarrollo de las actividades que se realizan en los departamentos y municipios, y que a su vez, deben ser tomadas en cuenta por su necesaria participación en la promoción del desarrollo sostenible. 

Si tales instancias se crean solo con el fin de promover el mejoramiento ambiental sin incluir en esté la participación de los demás sectores productivos, no se estará promoviendo ningún mecanismo útil ni para las entidades territoriales ni para el Estado.

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