Las plataformas digitales revolucionaron las formas de trabajar en el mundo. Miles de personas con distintas realidades encontraron en estas herramientas una alternativa ideal para generar ingresos y Colombia no es la excepción. Las plataformas digitales han ido ganando espacio y tenido un crecimiento significativo en su participación en la economía colombiana.
Tratándose de plataformas digitales de reparto, se prevé que alrededor de 150 mil personas optan por esta actividad laboral. La reforma laboral propuesta por el Gobierno Nacional pretende la vinculación laboral forzosa de los domiciliarios, desconociendo la realidad de la economía colaborativa, y especialmente, ignorando la principal ventaja que ofrecen estas: la flexibilidad.
Los domiciliarios encontraron en las plataformas digitales de reparto un esquema que les permite elegir cuándo y dónde desempeñar su labor, al tiempo que reciben ingresos de manera independiente y ajustada a sus necesidades y preferencias. Este modelo es incompatible con la subordinación laboral, a pesar de la falsa creencia de algunos que insisten en que la eliminación de la exclusividad y la libertad de estipular el salario les garantizará la tan anhelada flexibilidad.
Lo cierto es que la legislación laboral es rígida y limita la adaptabilidad del trabajo en esquemas innovadores y disruptivos como estos. Ya es hora que haya claridad para los domiciliarios respecto de las implicaciones prácticas de convertirlos en trabajadores dependientes. En adelante, deberán acordar con su empleador los días laborables, los horarios de trabajo, las zonas de trabajo según la conveniencia de la operación, los periodos de vacaciones, los permisos para atender necesidades familiares y personales, entre otros. Cualquier otra narrativa que les ofrezca ser empleados con aparente ‘autonomía’ para definir sus condiciones de trabajo, es inaplicable en la práctica.
Adicionalmente, por obvias razones las tarifas deberán ser ajustadas por los costos fijos laborales, lo que impactará el ingreso de los domiciliarios y como ya lo han anunciado oficialmente las empresas implicadas, esto le costará el puesto de trabajo a la mayoría de ellos.
Desde una perspectiva constitucional, la iniciativa de vinculación laboral forzosa es una clara violación al derecho a la libertad de ocupación y oficio, según el cual, todas las personas están facultadas a desarrollar sus capacidades y habilidades en el campo de su elección, de acuerdo con sus necesidades, intereses y circunstancias, sin discriminación ni imposiciones injustificadas. De cara a las plataformas digitales, se vulnera el derecho a la libertad de empresa, el cual las faculta a decidir el tipo de actividad económica que desean emprender, el sector en el que desean operar y el modelo de negocio que consideren más adecuado, siempre que se respete la ley. Será interesante la posición que adopte la Corte Constitucional al verse obligado a aplicar el test de razonabilidad y proporcionalidad para definir la legalidad de esta medida restrictiva de derechos fundamentales.
Las discusiones que se están dando en el Congreso sobre las plataformas digitales de reparto son una oportunidad valiosa para romper esquemas y adecuarse a la realidad económica del país con entornos laborales dinámicos y tecnológicos. Los domiciliarios merecen garantías mínimas y una cobertura integral a la protección social, pero no a costa de vulnerar derechos fundamentales y menos, poniendo en riesgo su fuente de ingreso.
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