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OPINIÓN

Los fondos mutuos de inversión

04 de junio de 2019

Canal de noticias de Asuntos Legales

En 1959 el legislador creó un instrumento de ahorro e inversión que permite a empleadores y trabajadores reunir sus aportes monetarios con el objetivo de que puedan ser invertidos y generar rentabilidad para los miembros que lo conforman. Se trata de una alternativa que permite disponer de recursos y tener liquidez.

¿Qué son los Fondos Mutuos de Inversión (FMI)?

Los FMI son personas jurídicas e instrumentos de inversión que se constituyen con los aportes en dinero de trabajadores y empleadores, y son considerados inversionistas institucionales al tener como objeto la inversión de los aportes recibidos. Por esto, están sujetos a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).

Los FMI pueden ser organizados por cada empresa o por grupos de empresas que funcionen en una misma región o que se dediquen a una misma actividad, y deberán gestionarse atendiendo a los principios de profesionalismo, equidad, mejor ejecución del encargo y diversificación.

¿Dónde pueden invertir los FMI?

Las inversiones de los FMI están limitadas a: (i) valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores que se encuentren igualmente inscritos en bolsa de valores; (ii) préstamos otorgados a sus afiliados, hasta un monto que no exceda 45% del valor del activo total del FMI; (iii) participaciones en carteras colectivas, con excepción de las carteras de especulación, de margen y los Fondos de Capital Privado; (iv) depósitos a término en establecimientos de crédito; (v) operaciones de reporto o repo, simultáneas activas y pasivas, y operaciones de transferencia temporal de valores sobre inversiones admisibles cuya cuantía combinada no supere 30% del activo total del FMI; y (vi) descuentos de cartera, siempre y cuando el cumplimiento de las obligaciones correspondientes se encuentre garantizado por un establecimiento de crédito o una entidad aseguradora.

¿Cuáles son las ventajas de los FMI?

Los FMI constituyen una excelente herramienta de estimulación del ahorro de los trabajadores, porque agrupa también aportes de los empleadores, y pueden tanto generar una buena rentabilidad como constituir unos beneficios económicos laborales extralegales.

Desde la perspectiva del empleador, además de lograr mayores eficiencias en la rentabilidad de la inversión, los aportes realizados por la empresa no constituyen factor salarial, por lo que son deducibles en su totalidad del Impuesto de Renta de la empresa.

¿Cómo se constituye un FMI?

La constitución del FMI se realiza mediante un acta orgánica suscrita por el representante legal de la empresa y un mínimo de cinco trabajadores, que será debidamente aprobada por la SFC. Mediante tal acta se establecen, entre otros, los directores provisionales de la Junta Directiva y del gerente, los montos de las contribuciones de la empresa y los aportes de los afiliados, que de conformidad con la ley no pueden ser retirados por el trabajador durante su permanencia en el fondo. Igualmente, para su funcionamiento general, el FMI debe contar con estatutos aprobados en asamblea de afiliados y un reglamento de administración que regule los procedimientos de operación del mismo.

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