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OPINIÓN

Cláusula musical

15 de abril de 2019

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Mucho revuelo, al menos en Argentina, ha causado una cláusula del contrato de trabajo de un jugador profesional de fútbol con su club; dice el acuerdo: “ Si durante la extensión de este contrato el grupo musical Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota o el solista Carlos Alberto Solari, más conocido como “El Indio Solari”, ejecutan conciertos, el futbolista queda autorizado a ausentarse, previa comunicación escrita al Cuerpo Técnico con copia a la Coordinación Deportiva y Comisión Directiva a los efectos de tomar los correspondientes recaudos”. Tal vez por lo curioso de la autorización resulta llamativo, dejar ir a un jugador a un concierto no parecería tan importante como para plasmarlo dentro del contrato, sin embargo, no es ilegal, no está en contra de los reglamentos que regulan la actividad profesional.

El contrato de trabajo de un futbolista profesional no se puede manejar como un formato que se le cambia el nombre, la duración y la remuneración; no todos los jugadores son iguales y la única diferencia no puede ser el salario; no es lo mismo un jugador formado en las divisiones inferiores del equipo con 23 años a un extranjero de 31; las expectativas económicas y deportivas no serán las mismas en cada caso.

No solo un permiso para asistir a un concierto; alguna vez un jugador pactó que cualquier convocatoria de su selección así un fuera período internacional (fecha Fifa) obligaba al club empleador a liberarlo. Hay cláusulas que modifican sustancialmente la relación contractual; opciones de prórroga, aumentos significativos de la remuneración por logros y objetivos y por supuesto, las cláusulas de rescisión que si bien no sabemos todavía si son o no legales se manejan de manera habitual.

Existen por supuesto, acuerdos ilegales, en Colombia aquellos que afectan los derechos mínimos del trabajador que se entienden como no escritos. A nivel mundial están las cláusulas de miedo que bien sea en el convenio de préstamo o en el propio contrato de trabajo del jugador se impide, que un jugador prestado juegue contra el club que lo cede. Estos acuerdos a mi modo de ver serían ilegales en Colombia, pero en España el Real Madrid lo utiliza de manera permanente.

La negociación de un contrato de trabajo no debería ser simplemente un conjunto de ofertas y contra ofertas en cuanto a salario sino un proceso que, a la medida, se diseña una relación de trabajo entre un club y un jugador de fútbol que dé como resultado un documento dinámico que permita explotar al máximo las capacidades deportivas del trabajador, recibiendo eso sí, la mayor cantidad de dinero posible.

La noción de contrato de trabajo como se ha venido manejando me parece que está entrando en crisis con la práctica que algunos pocos equipos han sufrido para sacar a su técnico, el caso más dramático es el del Manchester United, jugadores que sin la más mínima vergüenza bajan los brazos para precipitar la renuncia o el despido de su técnico. Un salario fijo y un contrato largo le asegura al jugador que bajar de manera intencional el rendimiento no traerá consecuencias deportivas ni económicas. Una remuneración por objetivos elimina esta mala práctica y por el contrario incentiva a los jugadores a rendir más para ganar más.

Algunas personas en el fútbol indican que un contrato de trabajo de una hoja es más que suficiente, personalmente creo que es mucho mejor un contrato que cubra todas las eventualidades, hasta la asistencia a un concierto, para diseñar de manera personalizada la relación década jugador con su equipo.

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