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OPINIÓN

Cláusulas de rescisión

13 de julio de 2019

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Falta poco menos de un mes para que en Europa las ligas importantes empiecen a rodar y en estos momentos en ambos lados del Atlántico se negocian contratos, transferencias y salarios de jugadores.

El tema más comentado por la prensa es el paso de Antoine Griezmann del Atlético de Madrid al Barcelona FC. mediante el pago de la cláusula de rescisión que tiene el contrato de trabajo del jugador. Las cláusulas de rescisión son utilizadas ampliamente en el fútbol, en Colombia se pactan de manera arbitraria e intuitiva por parte de los clubes. Alguna vez una abogada me indicó que en su club se pactan las cláusulas de rescisión más altas posibles pues esto, según ella, protege los intereses del club, hecho que personalmente no lo veo así.

Antes que nada y sin ahondar en detalles estas cláusulas son acuerdos que en principio deberían llegar club y jugador para fijar de antemano el valor de la terminación sin justa causa del contrato de trabajo, fueron mencionadas por allá en 1985 en un decreto español sobre deportistas profesionales. En Colombia son claramente ilegales, el derecho mínimo de cualquier trabajador es terminar su contrato de trabajo sin cancelar suma alguna, sin embargo, hasta el momento se pactan en prácticamente todos los contratos de trabajo.

Los muy creativos clubes para darles la apariencia de legalidad a lo ilegal se inventan nombres como cesión gratuita de derechos civiles de imagen y allí, de manera bastante forzada, incluyen sumas de dinero absurdas que deberá pagar el jugador en caso de terminar el contrato de trabajo sin justa causa.

Lo que cada vez me resulta más curioso de estas cláusulas es que a pesar de estar pactadas en el contrato y prácticamente impuestas, los clubes empleadores son reticentes a recibir el dinero indicado e intentan por todos los medios eludir la entrega. Ya pasó con Neymar y ahora con Griezmann; hay que realizar toda clase de piruetas pues resulta casi imposible entregar el dinero. Es decir, están pactadas, en favor de los clubes, pero los clubes, como en el caso actual del Atlético de Madrid intenta obstaculizarlas entonces, ¿Para qué las pactan si no desean hacerlas efectivas?

Adicionalmente son desproporcionadas; en Colombia hay contratos de trabajo con una remuneración del salario mínimo y cláusulas de US$2 millones, situación absurda y abusiva desde cualquier punto de vista, pero, con el valor actual de transferencias es una cifra ínfima, alejada de los valores de mercado.

Estas cláusulas no protegen a los clubes y en muchos sitios no se pactan como en Inglaterra. ¿Qué sentido tiene pactar una cláusula que es abusiva para el jugador y que el club evita que el jugador la utilice? Es más, no son necesarias y si no se pactan mejorar la posición de cualquier club con jugadores apetecibles para el mercado pues o el jugador o el club que desee contar con este deben acercarse al actual empleador a negociar.

El mercado del fútbol es muy dinámico, un jugador mejora su valor en un semestre mientras que la cláusula de rescisión permanece estática por otra parte, un juez, Fifa o el Tribunal Arbitral del Deporte pueden considerarlas abusivas y de un plumazo borrarlas pues el salario deberá estar de acorde con el monto pactado, de manera que a salario bajo clausula baja hecho que en Colombia sería la regla general. En concusión, estas cláusulas no responden a una necesidad del club, simplemente son cómodas en algunos momentos, es mejor no pactarlas y esperar a que quien quiera llevarse al jugador lo negocie.

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