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OPINIÓN

Derecho deportivo

19 de julio de 2021

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Llevamos unos cuantos días en que el asunto Nacional - Cortuluá - Fernando Uribe está tomando un curso bastante extraño y donde apareció un exfiscal que parece que ahora funge como experto en temas de derecho deportivo y fútbol. Este señor indica que mientras no haya un título ejecutivo de Cortuluá en contra de Nacional, no se pagará el dinero adeudado.

Pues bien, para cobrar determinadas deudas en el fútbol no se necesita título ejecutivo. Antes de detenerme a refutar esta afirmación entraré a hacer el análisis de dos o tres particularidades que tiene la práctica del derecho en el fútbol. Empecemos indicando que el régimen laboral que se aplica a los futbolistas profesionales es un híbrido muy particular entre lo que indica la constitución y la ley con unos reglamentos particulares de una entidad de derecho suiza (FIFA) y otra de derecho privado colombiano (la Federación Colombiana de Fútbol), por ejemplo, los jugadores profesionales de fútbol no pueden tener contratos de trabajo a término indefinido, no es posible dentro de todo el esquema este tipo de acuerdos, así sea el contrato deseado por la legislación nacional, en el fútbol ocurre otra cosa. Siguiendo con el tema, en el fútbol se prestan (más técnicamente se ceden) los jugadores, mediante la suscripción de un documento que se denomina el convenio deportivo. Esta figura totalmente exótica es perfectamente entendida y utilizada.

Quiero hablar de las deudas que puede tener un club con otro club o con un jugador. Desde hace más de quince años llevo haciendo lo que hoy está haciendo Cortuluá y no ha sido la primera vez que me preguntan por el título ejecutivo. No son los clubes morosos o las autoridades deportivas quienes preguntan, más bien otros abogados curiosos que no entienden como diablos esto puede ocurrir.

La explicación no es muy difícil. No pagar una deuda en el fútbol trae consecuencias disciplinarias, porque así lo indican sus reglamentos. Reglamentos que han sido aprobados por el ministerio del Deporte que supongo yo les hace control de legalidad. Pues bien, si un equipo como Nacional no paga una deuda ordenada por una entidad de derecho deportivo, en este caso la Federación Colombiana de Fútbol, el acreedor puede recurrir a la Federación y, por vía disciplinaria exigir el pago. No hay título ejecutivo, no se embarga nada, no se va ante un juez, simplemente se le solicita la Comisión Disciplinaria que sancione al deudor por no cumplir una decisión de sus órganos.

Las sanciones son varias, multas, llamadas de atención, quita de puntos o pérdida de la categoría, dependiendo de la falta y lo renuente que pueda ser el club de pagar. Adicionalmente mientras no se pague, los acreedores renuentes no pueden inscribir jugadores. Siempre ha sido así. Me acuerdo que por una suma muchísimo menor el Deportivo Pasto, que le debía algo así como $12 millones a Juan José Narváez no pudo inscribir jugadores hasta tanto no le cancelara esa suma al jugador. Nadie se quejó de la falta de título ejecutivo. En el ámbito Internacional, el club venezolano Estudiantes de Mérida estuvo a punto de perder la categoría por el no pago de otra suma menor al jugador colombiano Ferney Villamil.

Entiendo el desespero del club de Medellín, más de US$6 millones es mucho dinero, Indicar que sin título ejecutivo no se pagará la deuda puede ser real, lo que no creo que se haya analizado a profundidad es cuales serían las consecuencias de esta actitud para Nacional y para la totalidad del fútbol colombiano.

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