Adicional a lo anterior, los estamentos encargados de hacer cumplir los contratos en Dimayor y Federación Colombiana de futbol manejan el reglamento de manera tal que los clubes implicados tienen todo el tiempo del mundo y a veces más para pagar mientras que los jugadores, a quienes se les debe dinero, tienen que probar hasta lo imposible y esperar a que buenamente el proceso termine.
Para ilustrar lo indicado, hace un mes logré luego de dos años cobrar el porcentaje de la transferencia de un jugador, que en teoría se debe pagar prácticamente al momento de recibir el antiguo club el dinero. Tanto el club deudor como la Dimayor hicieron todo lo humanamente posible para retrasar el pago.
La Comisión del Estatuto del Jugador y la comisión disciplinaria no actúan con celeridad en el momento de cobrarles a los clubes sus obligaciones frente a los jugadores, a pesar de tener los instrumentos jurídicos para hacerlo.
Esta situación es similar en muchas federaciones y asociaciones a nivel mundial y es un motivo real de queja de jugadores y algunos clubes juiciosos y cumplidores; muchos clubes profesionales de futbol pagan mal o simplemente no pagan sus deudas.
Debido a lo anterior, Fifa en reunión del 23 de enero decidió implementar un sistema de cobro rápido de las acreencias con la posibilidad de sancionar de manera inmediata a aquellas organizaciones que no lo hagan. La circular 1468 “solicita a los clubes que cumplan con las obligaciones económicas contraídas con jugadores y otros clubes, conforme a las condiciones estipuladas en los contratos firmados con los jugadores profesionales y en los acuerdos de transferencia.”
De entrada es un reconocimiento por parte del máximo organismo rector del futbol del permanente incumplimiento de muchos clubes y del no pago de deudas, principalmente con los futbolistas, Fida de manera elegante invita a los equipos morosos a realizar el pago de sus acreencias con un plazo máximo de diez días.
Pero no se trata de una mera invitación, indica la circular que de no cumplirse el pago se le impondrán al club infractor sanciones que van desde un simple llamado de atención hasta la imposibilidad de inscribir jugadores durante un tiempo prolongado.
Esta circular deberá ser transcrita de manera idéntica en el reglamento colombiano para que forme parte del mismo y sea aplicable de manera directa en el ámbito local.
Puede ocurrir que los diez días, en Colombia, se conviertan en diez días hábiles, que el no pago implique no una sanción sino la apertura de un proceso engorroso y que para sancionar al moroso se deba iniciar un asunto que dure más de un semestre y que al final el club implicado se libre de las sanciones con el pago efectuado a último momento.
De ser así pierde el futbol colombiano una ocasión excepcional para darle credibilidad, por el contrario, de ser implementado tal como la FIFA lo presenta permitirá calmar las relaciones jugadores clubes hasta el momento bastante complejas.
Dimayor ha expedido circulares cortas en las que de manera directa y dictatorial impone obligaciones sin dejar opinar a sus destinatarios, hace un año, para inscribir a los jugadores en el campeonato local debían estos firmar un documento en el que se comprometían a respetar sus reglamentos y le sugería no acudir a la jurisdicción ordinaria en el evento de un conflicto laboral.
Hace menos tiempo se envió a los medios de comunicación un documento en el que imponían la forma en que se deberían nombrar los campeonatos incluyendo nombres de marcas y patrocinadoras.
Ojalá con la misma celeridad, fortaleza e imposibilidad de comentario alguno se le envía a clubes y jugadores esta norma se aplique de manera integral y se termine de una vez por todas con los clubes morosos y los jugadores quejosos.
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