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OPINIÓN

La Lista

03 de octubre de 2022

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

La lista de sustancias prohibidas que WADA saca cada año es la guía fundamental para saber si un deportista puede o no consumir determinada sustancia. El dopaje no se configura por la presencia en el organismo del deportista de una sustancia que mejore el rendimiento. Se requiere, para sancionar, simplemente con que esté en la lista de sustancias prohibidas.

Esta lista tiene una perla que desde hace mucho tiempo he criticado y es que luego de la enumeración de las sustancias prohibidas en las que no cabe la menor duda que no se pueden consumir aparece una línea con la siguiente frase:

“y otras sustancias con estructura química o efectos biológicos similares.”

Se trata de una lista abierta que no ofrece ninguna seguridad a los deportistas. A María Luisa Calle la sancionaron por la presencia de heptaminol, que no estaba en la lista de sustancias prohibidas y que la misma agencia mundial antidopaje indicó que era similar. Quisiera conocer alguna norma punitiva que tenga semejante barbaridad, ¿qué tal el código penal en la enumeración de tipos penales dijera al final y cualquier conducta similar?

Es importante que los deportistas conozcan permanentemente esta la lista pues cada año se incluyen nuevas sustancias prohibidas que pueden causar problemas a los deportistas desprevenidos; a la tenista María Sharapova la sancionaron por el consumo de una sustancia que se incluyó en la lista (meldonium) y que la deportista consumía habitualmente. La tenista entregó muestra de orina durante el Abierto de Australia poco tiempo después de la entrada en vigor de la lista y fue sancionada. De nada valió el argumento de que consumía meldonium y que no sabía que a partir de enero del año en cuestión estaba prohibido.

El pasado 23 de septiembre WADA indicó que el próximo 1 de octubre se publicará la nueva lista que entrará en vigor el 1 de enero de 2023 con nuevas sustancias prohibidas e igualmente anunció otras novedades.

La primera novedad es que no se retira el cannabis de la lista de sustancias prohibidas. Se había solicitado retirarla pero al final sigue en la lista por razones de “espíritu del deporte”. Indicó WADA igualmente que a partir del próximo 1 de enero del 2024, es decir dentro de unos 14 meses, TRAMADOL entrará a formar parte de las sustancias prohibidas. Entiende esta agencia que hay consumo generalizado de este opioide dentro de los deportistas y considera que puede ser perjudicial para la salud.

Por lo anterior durante el 2023 se harán campañas educativas para que los deportistas entiendan que no pueden consumir esta sustancia y apenas a partir del 1 de enero de 2024 la presencia de este medicamento dará lugar a una sanción.

Esta noticia es importante pues en estos momentos la Unión Ciclista Internacional pretende sancionar un deportista colombiano por la presencia de su organismo; independiente de todas las irregularidades que se han cometido en el proceso, la comunicación de WADA es importante pues como lo dice la entidad que a nivel mundial y en todos los deportes controla el dopaje, apenas hasta 2024 Tramadol será considerada una sustancia prohibida y la presencia en el organismo de esta acarreará una sanción por lo tanto la presencia de TRAMADOL en estos momentos está permitida y el sentido común indicaría que no se puede sancionar por esta situación.

En realidad en las organizaciones deportivas no siempre reina el sentido común y la Unión Ciclista Internacional insiste en incurrir en semejante despropósito

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