Alguna vez un dirigente del fútbol colombiano indicaba que no cotizaba las pensiones de sus jugadores pues “ningún jugador de fútbol se va a jubilar en su club”.
La ley colombiana en materia laboral no es una sugerencia y debe ser respetada por los equipos de fútbol como lo hace cualquier otro empleador sin importar las circunstancias particulares de cada sector o empresa
En temas de salud, la obligación del empleador debe cumplirla de manera estricta y puntual; el fútbol como deporte de contacto implica lesiones y accidentes de trabajo que deben ser cubiertos adecuadamente con observancia de la ley del trabajo y especialmente de la ley 100/93 y las demás normas del Sistema.
Las reglas de cotización son estrictas y no admiten interpretación, los empleadores deben cotizar a Pensión, Salud y Riesgos Laborales basados en el salario real del jugador, la ley no le da posibilidad al club, de cotizar sobre un salario diferente al realmente pagado; esta práctica, la de cotizar sobre un salario diferente al realmente pagado ha sido habitual en algunos clubes para “ahorrar” algún dinero.
Muchos son los jugadores que han quedado prácticamente en la calle por no haber estado afiliados a la seguridad social; a pesar de que Fifa indica que los clubes deben contratar pólizas de seguros para aquellos jugadores que acudan a las selecciones nacionales. Para la época, Arley Dinas, jugando para la selección Colombia sufrió rotura de ligamentos que lo retiró del fútbol y que debía estar cubierta por una póliza que no fue suscrita por su club empleador, a pesar, repito, de ser orden de la propia Fifa.
Las acciones por incumplir las obligaciones ante la seguridad social, en especial en pensiones, son imprescriptibles por lo que a la fecha, el riesgo para los clubes es enorme, como consecuencia de la práctica usual de no afiliar o cotizar deficitariamente la seguridad social de sus jugadores.
En temas de salud, en los últimos días ha surgido un problema adicional para los clubes; en efecto, dos jugadores de Millonarios, Jorge Perlaza y Lonard Vásquez exigen que se aplique, para los equipos de fútbol el derecho a la estabilidad laboral reforzada por Salud.
Estabilidad, que la Corte Constitucional ha ido moldeando para los trabajadores que al encontrarse en debilidad manifiesta por enfermedad o accidentes, garantiza que no sean despedidos por el hecho de su enfermedad; en el caso del fútbol, una lesión.
Los jugadores solicitan la renovación del contrato de trabajo en las mismas condiciones a las inicialmente pactadas en reconocimiento de la estabilidad laboral reforzada por encontrarse lesionados y así, no ser despedidos o sus contratos terminados, al menos, sin que el Ministerio del Trabajo autorice previamente a los clubes, tal y como lo indica la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Así que, tratándose de la seguridad social, los jugadores de fútbol tienen igual derecho a la salud, a construir una pensión o a estar cubiertos en caso de invalidez o muerte que cualquier otro trabajador.
Por ello, lo mejor es prevenir los riesgos de reclamaciones y demandas que a la larga puedan afectar las cuentas de los clubes, por ejemplo, acogiendo las mejores prácticas de administración y contratación de otros sectores y sobre todo, asesorándose oportunamente por expertos laboralistas, que los hay muchos y muy buenos, y que pueden orientar a los clubes, para que al momento de tomar las decisiones administrativas, lo hagan en cumplimiento la ley y reconociendo los derechos de sus jugadores.
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