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OPINIÓN

La Supersociedades hizo importantes precisiones sobre el plazo para implementar Programas de Transparencia y Ética Empresarial de acuerdo con la Nueva Circular Externa 100-11 de 2021

09 de diciembre de 2021

Andrés Parias

aparias@esguerra.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

Las empresas que ya se encontraban obligadas a implementar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial (“PTEE”) y que para el 1 de enero de 2022 cumplan con los criterios establecidos en el numeral 4° de la Circular Externa 100-000011 del 9 de agosto de 2021 de la Superintendencia de Sociedades, tienen plazo para ajustar o implementar el PTEE bajo los lineamientos de la nueva norma, hasta el 31 de mayo de 2022.

Lo anterior, fue confirmado por la Superintendencia de Sociedades mediante Oficio No. 241-186082 del 30 de noviembre de 2021, en respuesta a un derecho de petición remitido por la Firma Esguerra Asesores Jurídicos.

De acuerdo con el Oficio referido: “(…) las sociedades que, al 1 de enero de cada año, cumplan con los criterios establecidos en el Capítulo XIII dispondrán hasta el 31 de mayo del año siguiente para adoptar su respectivo PTEE. De esta manera, si para el 1 de enero de 2022 la sociedad cumple con los criterios establecidos en el Capítulo XIII, dispondrá́ hasta el 31 de mayo del año 2022, para adoptar su PTEE.”

Por supuesto, con base en la información financiera del último ejercicio que, para el año entrante (2022) corresponderá al ejercicio con corte a 31 de diciembre de 2021.

Ahora bien, la fecha límite para implementar un PTEE para aquellas sociedades que por primera vez cumplen con los topes de activos y de ingresos para quedar vigilada por la Superintendencia de Sociedades a 31 de diciembre de 2021, será el 31 de mayo del 2023 teniendo en cuenta que “para el 1 de enero de 2022, la Sociedad no estaría vigilada, ya que dicho grado de supervisión se configuraría el primer día hábil de abril del año 2022; por esa razón, no estaría obligada a implementar un PTEE para el 31 de mayo de 2022.”

Advertimos, en todo caso, que lo anterior resulta aplicable únicamente respecto del numeral 4.1. de la Circular 100-000011 del 2021 que exige que la sociedad sea vigilada. Así las cosas, si la Empresa cumple con lo establecido en los numerales 4.2. y 4.3. para el 1 de enero del 2022, entonces tendrá plazo para adoptar el PTEE hasta el 31 de mayo de 2022.

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