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OPINIÓN

ABC de la normativa acerca de los sucedáneos o imitadores de productos de tabaco

14 de diciembre de 2024

Camilo Duarte M.

Fundador de Consumerista
Canal de noticias de Asuntos Legales

Para los consumidores ávidos de información sobre los productos que adquieren, se presenta a continuación un ABC de la normativa acerca de los sucedáneos o imitadores de los productores de tabaco:

¿Qué es un sucedáneo y un imitador de producto de tabaco?

A modo de introducción, en el mes de mayo del presente año se expidió la Ley 2354 por la cual se modificó el artículo 1 de la Ley 1335 de 2009. Esta última ley es conocida como la ley de control de tabaco colombiana, la cual contiene disposiciones para prevenir daños a la salud de los menores de edad, a la población no fumadora y, además, estipula políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y para el abandono del tabaco del fumador y sus derivados.

En ese entonces, se controlaron los productos de tabaco y sus derivados, tales como los cigarrillos. Sin perjuicio de lo anterior, Ley 2354 de 2024 agrega los sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco.

Así, bajo esta nueva legislación se entiende por sucedáneo: “[…] todo producto comercializado o de otro modo presentado como sustitutivo parcial o total de productos de tabaco, sea o no adecuado para ese fin”. Sobre el particular, Mankiw (2017) describe un bien sustituto o complementario como aquel “[…] que por lo general se usan unos en lugar de otros, como las hamburguesas y los hot dogs”.

A su vez, la misma ley define imitador como “[…] cualquier producto que pretende remplazar o sustituir un producto aprovechando sus propiedades físicas o características de consumo”.
De esta manera, a título ilustrativo se tiene que son sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco los conocidos “vapeadores”.

¿Cuál es el marco legal del consumo, venta, publicidad y promoción de los sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco?

Entonces, el marco legal que regula el consumo, venta, publicidad y promoción de los sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco es la Ley 2354 de 2024.

En este punto, se advierte que la ley en mención fue clara en señalar en su artículo 4 que todas las medidas de control establecidas en la Ley 1335 de 2009, serán aplicables también a los sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco.

¿Cuáles son derechos tienen los consumidores de los sucedáneos o imitadores de los productos de tabaco?

De conformidad con el artículo 2 de la Ley 2354 de 2024, tiene los siguientes dos (2) derechos:

1. Derecho a acceder a la información de las personas consumidoras de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Consumidor (Ley 1480 de 2011), sin perjuicio de la prohibición a la publicidad, promoción y patrocinio que recae sobre estos productos. Tal derecho se deberá reglamentar por la Superintendencia de Industria y Comercio.
2. Derecho a acceder a programas y proyectos enfocados en la prevención y cesación del consumo de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores.

Se reitera que la Superintendencia de Industria y Comercio será la autoridad encargada de reglamentar el derecho al acceso a la información de las personas consumidoras de cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento.

Recientemente, se estableció el periodo comprendido entre el 23 de noviembre al 07 de diciembre de 2024, para recibir comentarios de manera previa a la expedición de la referida reglamentación.

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