Es claro que la construcción de una mejor sociedad depende de un trabajo conjunto entre el Estado y el sector privado. En el caso de la resocialización y, en general, la reincorporación de personas que han pasado por el sistema penitenciario, esa interrelación es más importante de lo que puede pensarse. Con franqueza, con contadísimas excepciones, hay enormes dificultades en las empresas privadas para participar activamente, como les corresponde, en ese proceso de reinserción en la vida honesta por parte de los exconvictos.
Es apenas natural que una persona que ha pasado por la cárcel, por la razón que haya sido, tiene mayor probabilidad de reincidir si, al volver a la libertad, no tiene oportunidades. Por supuesto, el Estado, por su carácter social, tiene unos deberes especiales al respecto, pero el sector privado, como generador de empleo por antonomasia, tiene una responsabilidad enorme. Si las empresas comprenden ese rol que tienen, dando oportunidades laborales a quienes han estado en prisión, la integración social de estas personas será satisfactoria y tendrá consecuencias favorables para ellas y toda la sociedad en general.
Desafortunadamente, parece haber hecho tránsito en buena parte del sector empresarial que por ningún motivo debe vincularse laboralmente a una persona que haya pisado una cárcel o que, peor aún, haya tenido un proceso penal en contra. Con varios empresarios, jefes de recursos humanos y personal de cumplimiento de varias compañías he intentado indagar por una razón de esto.
Con honestidad, la respuesta general ha sido escueta y sin mayor argumentación: ‘temor a tener un delincuente en la empresa’ o ‘temor a que se dañe la reputación de compañía’. No hay ninguna valoración objetiva y técnica de los riesgos de vincular a una persona de estas implicaría para las organizaciones.
Es desafortunado como, sin un verdadero análisis de los riesgos que se supone se pretenden mitigar, muchas empresas rechacen a personas que han pasado por la cárcel, o como se establece una regla -muchas veces de forma expresa y sin ningún rubor-, que una persona con anotaciones en el sistema de la Rama Judicial ni siquiera puede seguir el proceso de selección de personal correspondiente.
Es realmente inexplicable como los sistemas de compliance de muchas empresas, que se supone son para cumplir las normas de la mejor manera posible y generar una verdadera cultura de integridad en las organizaciones, promuevan algo absolutamente contrario a Derecho, como negar per se el empleo a personas que hayan pasado por la prisión o que hayan tenido procesos en su contra, y que desdice por completo de la integridad, como es proponer un escenario de total carencia de solidaridad con quienes quieren retomar su vida de la mejor manera.
Desde luego, habrá una que otra posición en las organizaciones que, en relación con la situación anterior del potencial empleado, sea inconveniente o probable la materialización de algún riesgo si aquel la ocupa. Habrá buenos argumentos. No obstante, por regla general, nada justifica que existan políticas empresariales que nieguen absolutamente el derecho de las personas que hayan tenido inconvenientes con la justicia para poderse reincorporar de la mejor manera a la sociedad.
La verdadera responsabilidad social empresarial no puede ser carteles con mensajes bonitos o fotos en eventos de caridad; debe consistir en acciones reales como participar, como les corresponde, en la reinserción favorable de exconvictos y, aun más con personas que hayan tenido procesos judiciales.
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