Hace unos meses se dieron hechos positivos que sacudieron las actividades petroleras en el país. En mayo, la Agencia Nacional de Hidrocarburos expidió el nuevo reglamento de asignación de áreas y en septiembre lanzó el proceso competitivo para asignar bloques en la cuenca Sinú San Jacinto.
Las nuevas reglas para los procesos de asignación de áreas y contratación de actividades petroleras finalmente se expidieron, trayendo novedades en los procedimientos, como el competitivo permanente que habrá de ponerse en marcha cuando se creen la infraestructura para su manejo y sus reglas específicas.
Este reglamento también llegó con complejidades en la valoración de las propuestas, de los compromisos contractuales no ejecutados y de las obligaciones relacionadas con las garantías y los programas en beneficio de las comunidades; pero también vino con alternativas para los contratos con situaciones de imposibilidad de cumplimiento.
Dado que dicho estatuto puede ser aplicado a los contratos en curso, corresponde ahora a las empresas revisar detenidamente tales novedades, examinar sus condiciones particulares y entender y evaluar las implicaciones de acogerse a él.
Por otra parte, el proceso competitivo puntual Sinú San Jacinto, con 15 áreas prospectivas para gas, abre una puerta para que al cabo de más de 3 años se vuelvan a celebrar contratos de exploración y producción de hidrocarburos en Colombia. La estructura y los términos de este proceso son similares a los de los últimos procesos de Ronda. Las novedades están relacionadas con el sistema de evaluación de las propuestas ya que ahora se medirán conforme a dos aspectos: un puntaje a proponer por las actividades exploratorias adicionales, en exceso del puntaje mínimo dispuesto por la ANH según el tipo de área, y un porcentaje de participación del producto que se ofrezca en favor del Estado.
Contrario a lo que se esperaba, se incrementaron los requisitos de habilitación para la capacidad económico financiera, lo cual limita el acceso a empresas con ánimo de inversión. Sobre los términos contractuales, hay oportunidad de hacer ajustes para incluir mayores flexibilidades en materia de garantías, cuya expedición y costo se han vuelto muy difíciles para las empresas, así como en cuanto a plazos para tramitar y definir las consultas, licencias, acciones, planes y viabilidad de los proyectos en estas épocas de incertidumbres.
Tanto el reglamento como el contrato incluyen algunos elementos para darles tranquilidad a los inversionistas frente a los problemas que enfrenta el país por no poder ejecutar sus actividades por razón de inseguridad, restricciones ambientales, manifestaciones sociales, consultas populares o demoras por consultas previas. Es clara la intención de la ANH en dejar que el inversionista afronte la situación, colaborándole con la superación de los problemas con su Estrategia Territorial y con la gestión ante otras autoridades, esfuerzos que a menudo resultan insuficientes y que ameritan, también, prever soluciones contractuales.
A buena hora se amplió el cronograma del proceso para permitir cumplir con los requisitos de habilitación y realizar una evaluación técnica y económica de las áreas ofrecidas.
Es el turno de las empresas, de contar con la buena aplicación del reglamento y con el éxito en la contratación de los bloques ofrecidos para lograr el impulso que el sector demanda en bien de las regiones y del país.
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