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OPINIÓN

Normas en el día de la discapacidad

01 de diciembre de 2023

Carlos Parra Dussan

Director General Inci
Canal de noticias de Asuntos Legales

Aprovechando que el próximo domingo 3 de diciembre, se conmemora el Día Internacional de la Discapacidad Resolución 48/97 de Naciones Unidas, adoptado como Día Nacional de la Discapacidad por el Decreto 2381 de 1993, a continuación señalo el desarrollo normativo que ha tenido el país en favor de esta población.

En primer lugar, se está elaborando la política pública de discapacidad, en este sentido la Corte Constitucional señaló en la sentencia T-595 de 2002, que para que exista una verdadera política pública, debe haber sido aprobada, debe garantizar el goce efectivo de derechos, que tenga indicadores medibles, tenga recursos asignados y que en su diseño e implementación haya sido con la participación de la población con discapacidad.

En segundo lugar, el Congreso creó el Ministerio de la Igualdad con la Ley 2281, que tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley, dirigir la política pública de discapacidad con enfoque diferencial, crear acciones afirmativas en favor de esta población y en general buscar la garantía de sus derechos.

En tercer lugar, ya más reciente, la Ley 1752 que elevó a delito los actos de discriminación y hostigamiento contra las personas con discapacidad entre otras.

En cuarto lugar, el país sancionó la Ley 1616 de 2013, que garantiza el ejercicio pleno del derecho a la salud mental a la población colombiana, estableciendo una Política Pública Nacional de Salud Mental con enfoque de derechos, con el modelo de discapacidad mental psicosocial.

En quinto lugar, encontramos la aprobación de la Ley estatutaria de discapacidad 1618 de 2013, que tiene como objetivo, el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, esto es que no solo se consagra la garantía retórica de los derechos como en anteriores normas, sino, que se avanza en el concepto de ejercer o disfrutar en la práctica del derecho por lo que se acude a las medidas de inclusión, acciones afirmativas, ajustes razonables y a la eliminación de la discriminación por razón de discapacidad, para el logro efectivo de esas consagraciones jurídicas.

En sexto lugar, el país aprobó el Tratado de Marrakech con la Ley 2090 de 2021, que garantiza el acceso a la lectura de las personas ciegas, permitiendo reproducir libros en formatos accesibles.

En conclusión, el Estado colombiano le está cumpliendo a la población con discapacidad, desde la misma política pública de discapacidad hasta la ley estatutaria de discapacidad, que garantiza el ejercicio efectivo de sus derechos.

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